Un juez declara nulas cláusulas abusivas en alquileres de un fondo inmobiliario en Badalona

Sentencia

Obliga a la empresa responsable, Nestar Residencial SII, que forma parte del grupo Azora, a resarcir económicamente a once inquilinos

Edificio judicial de Badalona en la calle Prim .

Edificio judicial de Badalona en la calle Prim .

Gencat

Un juzgado de Badalona (Barcelonès Nord) ha declarado nulas varias cláusulas incorporadas de forma sistemática en contratos de alquiler elaborados por una sociedad gestora de arrendamientos, con puntos como obligar a los inquilinos a asumir un seguro por impago o a pagar el IBI.

El juzgado de primera instancia número 1 de Badalona ha dado la razón a una demanda presentada por 11 arrendatarios, representados por el Col·lectiu Ronda, y ha obligado a la empresa responsable, Nestar Residencial SII, que forma parte del grupo Azora, a resarcirlos económicamente.

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La demanda denunciaba la existencia de condiciones abusivas incluidas de forma recurrente en los contratos de arrendamiento llevados a cabo por la empresa.

Ahora, el juzgado ha determinado que hasta seis de las cláusulas presentes en la totalidad de los contratos del grupo inmobiliario resultaban nulas por su condición abusiva o por imponer desequilibrios injustificados. Concretamente, la imposición del coste de un seguro de impago o repercutir en el inquilino los gastos de la comunidad y del IBI.

La sentencia ejemplifica las prácticas abusivas de la mayoría de fondos y grandes tenedores de vivienda

Montse SerranoAbogada. Col·lectiu Ronda

También, la penalización desproporcionada por demora en el desalojo del inmueble -tres veces la renta diaria por día de retraso-, y la autorización automática para incluir a los inquilinos en el registro de morosos, entre otras.

Para la abogada del Colectivo Ronda Montse Serrano, “esta nueva sentencia ejemplifica el carácter sistemático de las prácticas abusivas de la mayoría de fondos inversores y grandes tenedores de vivienda en la confección de los contratos que se imponen a miles de arrendatarios”.

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