La Justicia ha obligado a cesar el sonido de las campanas y las canciones de la iglesia parroquial de San Martiño, en la localidad de Verducido (Pontevedra). Tras recibir denuncias por parte de varios vecinos de la zona, que consideraban excesivo el nivel de ruido que emitía esta iglesia, el campanario ha quedado silenciado. Así se desprende de la información publicada por El Debate.
También se ha obligado a cesar las emisiones acústicas de los altavoces instalados en la torre de la iglesia y en el acceso al cementerio de la localidad. Así lo ha decidido el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Pontevedra, que ha respaldado la decisión previa que tomó en 2022 el ayuntamiento de esta localidad.
Según se desprende de la sentencia, a la que ha tenido acceso La Voz de Galicia, los altavoces de la iglesia no solo replicaban las tradicionales señales horarias de las campanas, sino que también emitían música en distintos momentos del día, incluyendo la alborada al amanecer y la interpretación del Negra sombra cada noche.
Quejas
Los vecinos estaban hartos de escuchar las campanadas y música a todo volumen varias veces al día
La Comunidad de Montes de Verducido ha alegado que los altavoces llevaban décadas funcionando desde que un párroco los instaló en 1989. Han argumentado que su uso forma parte de la tradición de esta parroquia. Sin embargo, también han admitido que durante la pandemia por Covid-19 empezaron a emitir más música con el objetivo de animar a los vecinos.
También han apuntado que no se ha llevado a cabo ninguna medición oficial de los decibelios generados por estas emisiones. Por su parte, el Ayuntamiento ha señalado que la megafonía que se encuentra tanto en la iglesia como en el cementerio ha sido sustituida con equipos cada vez más potentes, hasta llegar a molestar a los vecinos. También han argumentado que la instalación de estos equipos es incompatible con la protección patrimonial de la iglesia.
Según la sentencia, la normativa sobre ruido establece que cualquier instalación con emisiones acústicas regulares y amplificadas requiere una autorización administrativa. En este caso, la iglesia no cuenta con dichos permisos. Según el fallo, “tanto la comunidad de montes demandante, como la Iglesia católica carecen de dicho título”.
Por este motivo, el tribunal ha ratificado la decisión del Ayuntamiento de Pontevedra, y se han silenciado estas emisiones “de elevada intensidad que ponían en riesgo el bienestar de los vecinos”. Si embargo, el juez ha sugerido que se llegue a un pacto que permita recuperar las señales horarias de las campanas en días festivos o funerales, respetando así la tradición rural gallega sin molestar a los residentes.