Algunos parkings de Madrid están prohibiendo la entrada de vehículos eléctricos por el riesgo de incendio de las baterías de litio. Las compañías que los gestionan han colgado en el acceso un cartel que indica dicha restricción. Esta medida se está tomando a raíz de dos incendios producidos en Moncloa y Alcorcón. Este último fue muy mediático porque provocó el accidente un coche híbrido, pero costó la vida a dos bomberos cuando accedían para apagar las llamas.
El Ayuntamiento de la capital estudia la situación para actualizar la normativa de incendios y definir los protocolos específicos para los bomberos, pero de momento no ha impuesto restricciones oficiales.
Según Manuel Barrios, presidente de la Asociación Española de Aparcamientos y Garajes (Asesga), “como sector tenemos la obligación de cumplir en nuestras instalaciones con el ratio de punto de carga: el 2,5% de las plazas tienen que ser electrificadas”.
Un 10% de turismos ya son eléctricos
En estos momentos, apunta, “el parque de coches en España es de 25 millones de turismos y un 10% de los mismos son eléctricos, bien puros o híbridos”. Ante esta tesitura, añade: “El sector del automóvil camina hacia la electrificación y nosotros como representantes de las aparcamientos y garajes tenemos que seguir la misma senda”. En estos momentos, de los 52.000 puntos de carga que hay en España, según los datos facilitados por la patronal de fabricantes, Anfac, esta semana, “un tercio están en nuestras instalaciones”, asevera.
Al ser preguntado por los aparcamientos que en la capital han restringido el acceso a los coches eléctricos, Barrios responde de forma contundente: “No forman parte de la Asociación Española de Aparcamientos y Garajes (Asesga)”.
Sin una ley general que vete el acceso
En España no hay una ley general que prohíba el acceso de vehículos eléctricos a los parkings de forma generalizada. La Ley 40/2020 regula los contratos de aparcamiento, pero no especifica restricciones de acceso por tipo de motorización.
Los operadores justifican la nueva medida bajo el argumento de que si se produce un incendio “el fuego es más difícil de controlar, existen dificultades añadidas para extinguir las llamas e, incluso, puede llegar a reavivarse días después”.
¿Qué pasa en las comunidades de propietarios?
La misma duda se están planteando muchas comunidades de propietarios para los garajes subterráneos de los inmuebles en la ciudad de Madrid. La Ley de Propiedad Horizontal dispone en su artículo 17.5 que se puede llevar a cabo “la instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad”. Es decir, esta norma autoriza la instalación de puntos de recarga y, por lo tanto, el aparcamiento de vehículos eléctricos en los garajes comunitarios.
Más de 700 empresas en la patronal
Los municipios con más de 50.000 habitantes cuentan con 2.957 aparcamientos “off street” y alrededor de 1,5 millones de plazas públicas, distribuidas en un 44% en vía pública y un 56% fuera de ella, según recoge la Asociación Española de Aparcamientos y Garajes (Asesga) en su Libro Blanco del Aparcamiento 2024. Esta asociación, fundada en 1997, cuenta con 700 empresas asociadas, que disponen de 1.536 aparcamientos asociados, que suman 964.788 plazas.
Esta patronal ya participó hace dos años en una jornada de la patronal europea EPA (European Parking Association) en la que se debatió la carga de vehículos eléctricos y la regulación contra incendios, ya que se estaba revisando una directiva europea sobre Sistemas de Transporte Inteligente. España, subraya Barrios, “aún tiene la normativa europea que implantar”.
Ahora bien, si se atiende a razones de seguridad, se puede cuestionar la aplicación de este precepto porque, como dispone el artículo 7.1. del mismo cuerpo legal “el propietario de cada piso o local podrá modificar elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio...”. Y esa es la razón alegada por algún parking de Madrid para prohibir la entrada de coches eléctricos.
Con esa contradicción normativa, en las juntas de propietarios se va a generar debate y “seguro que hay casos que llegan a los juzgados”, señala una fuente. De hecho, ya hay algún pronunciamiento judicial relativo a la modificación de elementos estructurales del edificio en la Audiencia Provincial de Vizcaya, en la de Madrid y en la de Asturias. A juicio de los expertos “no cabe duda de que la evidencia técnica va a jugar un papel fundamental en estos casos. El derecho, como siempre, tendrá que ir adaptándose a las circunstancias”.

 
            
