Los hechos ocurrieron entre 1998 y 2001 en Gernika (Bizkaia). La víctima tenía 13 años, vivía una situación familiar de desprotección y su entrenador de baloncesto, de 31 años, se acercó a ella, “valiéndose del conocimiento que tenía de la situación personal de la menor”. Durante tres años y medio mantuvo en torno “a 50 encuentros”, “ejerciendo la posición de poder que le confería la diferencia de edad”, así como su condición de entrenador y el “temor” que ella sentía hacia él. Ahora, la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado al extécnico a 13 años y medio de prisión por un delito continuado de agresión sexual.
El condenado es Mario López, entrenador del Lointek Gernika, seleccionador español en categorías inferiores y figura muy conocida en el baloncesto femenino. En junio del 2022, una de las jugadoras a la que había entrenado dos décadas atrás se sintió preparada para contar el calvario que había padecido en su adolescencia y presentó una denuncia por agresión sexual contra el que fuera su entrenador, primero en la escuela Allende Salazar y después en el equipo del pueblo, que en categoría absoluta milita en la primera división del baloncesto femenino.
La piedra angular del juicio
Las tres sesiones del juicio se celebraron el pasado mes de enero, y este martes la Audiencia Provincial de Bizkaia ha hecho pública una condena que otorga plena verosimilitud al testimonio de la joven, en contraposición con el relato de López. El exentrenador había hablado durante el proceso judicial de una “relación de tipo platónico, sin contenido sexual”; la víctima, mientras, relató un infierno de tres años y medio durante el que el técnico la amenazaba, controlaba y atemorizaba, así como múltiples episodios de violencia sexual: una penetración anal, múltiples felaciones y constantes tocamientos, sin consentimiento.
El tribunal contrapone el “incólume y coincidente” testimonio de la denunciante en todas sus comparecencias frente a la “dubitativa e inconsistente actuación” del procesado. En este sentido, la sentencia señala que el testimonio de la víctima, que hoy tiene 39 años, “constituye la piedra angular en este enjuiciamiento” y pone el foco en la “pauta de amedrentamiento y sumisión basada en el temor” que el exentrenador instauró, “quebrando” la voluntad de la jugadora, sin que hubiera espacio “para ningún tipo de consentimiento”.
Corroboraciones periféricas
“La consumación de los actos atentatorios contra la libertad sexual se explica, pues, por ese contexto de miedo y sometimiento que impide apreciar cualquier tipo de consentimiento, ni aun viciado, lo cual nos lleva a la figura de la agresión sexual, además de con violencia, con intimidación”, recoge la sentencia.
El tribunal, además, ha tenido en cuenta la existencia de corroboraciones periféricas del relato de la víctima, entre las que señala el informe elaborado por la Unidad Forense de Valoración Integral y las declaraciones de testigos que confirmaron la situación de desprotección y dependencia de la víctima en aquellos años, así como el “temor y el miedo” que sentía hacia su entrenador.
La Audiencia Provincial de Bizkaia considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal y con la agravación de víctima especialmente vulnerable. La pena impuesta es de 13 años y 6 meses de prisión, con indemnización a la víctima de 80.000 euros por el daño causado, e inhabilitación para ejercer de entrenador de baloncesto de menores durante el tiempo de la condena. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.