El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la condena al Ayuntamiento de San Sebastián por la caída de una mujer de 73 años que tropezó con una baldosa en mal estado junto al paseo del Urumea y sufrió graves lesiones. El fallo, que ya es firme, ratifica la indemnización fijada en primera instancia, que supera los 30.000 euros al sumarse los intereses.
Once meses de recuperación tras la caída
Los hechos se produjeron la mañana del 3 de mayo de 2020. Según recoge la sentencia, la mujer caminaba por una zona peatonal próxima al río Urumea cuando tropezó en un tramo adoquinado que presentaba irregularidades. Las baldosas estaban “levantadas” y generaban “un desnivel de entre 2 y 3 centímetros”, lo que “motivó” la caída. El impacto le provocó un fuerte golpe en el rostro y fracturas en el brazo derecho, además de la rotura de las gafas.
Las lesiones más graves fueron la fractura de la cabeza del radio, el olécranon y la coronoides del codo. La mujer tuvo que ser intervenida quirúrgicamente en el Hospital de Donostia, donde se le colocó material de osteosíntesis. Permaneció ingresada tres días y estuvo escayolada durante algo más de un mes. Posteriormente necesitó cinco meses de fisioterapia y no recibió el alta definitiva del traumatólogo hasta marzo de 2021, casi once meses después del accidente.
La afectada presentó una reclamación patrimonial contra el consistorio, apoyada en el parte de lesiones y en el atestado de la Guardia Municipal. En este informe constaba el testimonio de una testigo que aseguró que eran “habituales las caídas y tropiezos por el estado del paseo”. Los propios agentes indicaron haber observado “varios tropiezos” mientras inspeccionaban la zona y señalizaron “las baldosas en mal estado con spray fosforito”.
Una indemnización que supera los 30.000€
En su resolución, el juzgado recordó la doctrina del Tribunal Supremo sobre la “responsabilidad de las administraciones públicas”, que reconoce el derecho de los ciudadanos “a ser indemnizados por toda lesión que sufran siempre que sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos”. El tribunal concluye que el pavimento presentaba “un riesgo para el normal caminar de los ciudadanos por un incorrecto estado de conservación y mantenimiento”.
La sentencia fija una indemnización de 25.533,01 euros por las lesiones, 2.500 euros por la pérdida de calidad de vida y 1.306 euros por las gafas rotas. A estas cantidades se añaden los intereses, lo que eleva la compensación final a más de 30.000 euros.

