Alicante deniega la licencia de obra a los 'macrodepósitos' de combustible del puerto
Polémico proyecto
El Ayuntamiento aduce que el permiso se pide para una parcela de 21.500 metros cuadrados, pero la superficie cedida a la empresa es de 14.500, según la Autoridad Portuaria
Imagen área de la zona industrial del puerto de Alicante.
El ayuntamiento de Alicante ha denegado la licencia de obra mayor solicitada por la mercantil XC Business 90 S. L. para el centro de distribución de combustibles y carburantes petrolíferos en el muelle 19 del Puerto de Alicante, el polémico proyecto de 'macrodepósitos' al que se opone el vecindario y todos los grupos municipales.
El argumento utilizado por el consistorio es que el proyecto de obras que la empresa presentó en su solicitud no coincide con la superficie cedida por el concesionario (TMS) y certificada por la Autoridad Portuaria. Pese a habérselo requerido, la empresa no ha presentado proyecto adaptado a esta superficie de concesión, señalan fuentes municipales.
“Tenemos varias herramientas para tratar de impedir esta instalación”, dice la portavoz del ayuntamiento
“Desde el ayuntamiento nos hemos posicionado de forma clara y contundente en contra de la instalación de los macrodepósitos en el Puerto y vamos a hacer lo que esté en nuestras manos para impedirla”, afirma la portavoz del equipo de Gobierno, Cristina Cutanda. “Como ya avanzamos en su día, tenemos varias herramientas para tratar de impedir esta instalación y la denegación de la licencia de obra mayor es una de ellas”, añade la portavoz.
Mientras que en el ayuntamiento se presentó proyecto de obra para una parcela de 21.500 metros cuadrados, la superficie cedida es de 14.500, es decir, 7.000 metros inferior, según ha constatado la Autoridad Portuaria a requerimiento del Ayuntamiento. Detectada la incongruencia entre las superficies de concesión y del proyecto de obra, desde la concejalía de Urbanismo el 8 de mayo se solicitó a la mercantil que aportara un nuevo proyecto técnico de obra adaptado a la superficie cedida por el concesionario. No obstante, transcurrido el plazo de 15 días otorgado para dicha presentación, no se ha presentado la documentación requerida ni ningún escrito de alegaciones al respecto.
Por tanto, señala el decreto, “procede denegar la licencia, por no ajustarse el proyecto de obras presentado con la solicitud de licencia a la superficie exclusivamente cedida a la mercantil, como consta en el contrato de cesión autorizado por la Autoridad Portuaria y en el título concesional, sin que pueda autorizarse la licencia solicitada sobre una superficie para la que no dispone de título que la ampare”.
El Ayuntamiento resolvió el 10 de marzo de 2025 reconocer a la mercantil la obtención por silencio administrativo positivo de la licencia ambiental solicitada para los depósitos, en cumplimiento de la sentencia del TSJCV que así lo establecía.
Se da la circunstancia de que esta licencia de actividad se concede para una superficie de 17.900 metros cuadrados, que es la que constaba en el proyecto de actividad presentado. No obstante, el proyecto de obra se presenta para una parcela de 21.500 metros cuadrados.
Ante esta falta de concordancia entre la superficie de ambos proyectos, el Ayuntamiento de Alicante remitió a la Autoridad Portuaria un oficio en el que ponía de manifiesto esta situación y solicitaba “que certifiquen los metros cuadrados de parcela definitivamente autorizados para la cesión por la concesionaria XC Business 90 S. L. con los efectos que ello puede tener a los efectos de la licencia ambiental obtenida por silencio positivo declarado por el TSJCV sobre el proyecto de 7 de febrero de 2013 en una parcela de 17.900 m², y a los efectos de la tramitación en curso de la licencia de obra con un proyecto sobre una parcela de 21.500 m²”.
A este oficio, la Autoridad Portuaria contesta señalando que “en el contrato de cesión de uso de superficies, instalaciones y equipamientos de fecha 11 de julio de 2018 y presentado a esta APA, la concesionaria TMS cede a XC Business 90, SL un derecho de uso sobre una parcela de 14.500 m²” y añade que “de cuanto antecede, puede deducirse que tales superficies que constan en los proyectos (básico y de ejecución) así como en el contrato de cesión de uso aportados por la concesionaria TMS para la modificación de la concesión, no se corresponden con las superficies que Vds. indican y refieren en su oficio que aquí se cumplimenta”.