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Confirmado por la DGT: estos son los tres documentos que debes llevar obligatoriamente en tu vehículo

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Dos de ellos además puedes llevarlos en la app MiDGT sin necesidad de portarlos físicamente

La solución infalible para mostrar a un agente el carnet de conducir del móvil, incluso si miDGT falla o pierdes cobertura

El permiso de conducir es uno de los documentos que debes llevar obligatoriamente contigo cuando te pones al volante

El permiso de conducir es uno de los documentos que debes llevar obligatoriamente contigo cuando te pones al volante

Getty Images/iStockphoto

Seguro que más de una vez te has preguntado cuáles son los documentos obligatorios que debes llevar en tu coche para no exponerte a una multa si te paran en algún control, tanto en ciudad como en carretera. Recuerda que cualquier agente de movilidad te los puede requerir y que su falta conlleva una sanción. Sanción que puede ser incluso peor de estar caducado alguno de dichos documentos. Pues bien, vamos a salir de dudas y aclarar cuáles son obligatorios de portar, cuáles debes tener en vigor y cuáles puedes tener en tu móvil sin necesidad de que los tengas físicamente contigo.

En primer lugar hay que remarcar que, desde 2008, no es necesario llevar contigo ni la póliza del seguro del vehículo ni un recibo del último pago del mismo. Sin embargo, es altamente recomendable por varias razones. Si tenemos un percance con nuestro coche, nos ayudará a localizar rápidamente el teléfono de asistencia del seguro. También, junto con la documentación del seguro vendrán algunas hojas con la declaración amistosa de accidente que podremos utilizar si tenemos algún golpe con nuestro vehículo.

Aclarado esto, el primer documento que debemos portar con nosotros es el permiso de conducir o también denominado el carné de conducir. Y por descontado debe estar en vigor. ¿Y qué pasa con el DNI? No es obligatorio llevarlo y no conlleva sanción en ningún caso. Aunque si la autoridad nos pide que lo mostremos y no lo portamos, nos podrían trasladar a comisaría para identificarnos.

El segundo documento imprescindible es el permiso de circulación del vehículo. Este documento, emitido por la DGT, es de color verde y contiene toda la información relevante del vehículo: marca, modelo, matrícula, fecha de primera matriculación, número de bastidor… En caso de pérdida, deterioro o robo hay que solicitar un duplicado a la DGT. Su ausencia conlleva una sanción de 10 euros. Si hay datos erróneos, la multa ascenderá a 80 euros. Y si no es válido, la multa aumentará hasta los 500 euros y el vehículo será inmovilizado. Hay que añadir que, tanto el permiso de circulación como el de conducir, son válidos en todos los países de la Unión Europea, ya que el formato está unificado en todo el territorio.

Y por último, que no menos importante, es la tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo, la ITV. ¿Incluso en coches nuevos? Efectivamente, incluso en coches nuevos. Ten en cuenta además que, para los vehículos matriculados antes de junio de 2016, si necesitas un duplicado de la tarjeta ITV antigua (la verde) la tendrás que solicitar en una estación de ITV. A partir de esa fecha se denomina ficha de ITV electrónica, se imprime en papel ordinario tamaño folio y es la DGT la que se encarga de tramitar el duplicado.

La DGT nos advierte de llevar “estos tres documentos, originales o compulsados, siempre que conduzcas, ya que será lo primero que te pida un agente si te para o te ves involucrado en un incidente. Estos documentos son igualmente exigibles para los vehículos de alquiler. Antes de empezar a circular con un vehículo alquilado, comprueba que el vehículo incluya la documentación obligatoria”, nos recuerdan.

Una última novedad es que, con la aplicación móvil miDGT, puedes llevar dos de los tres documentos sin necesidad de portarlos físicamente. Así, tanto tu permiso de conducir como el permiso de circulación de tu vehículo se pueden llevar en esta app “con la misma validez legal que los documentos físicos para conducir dentro de nuestro territorio”, remarca la DGT.

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