María Trinidad López, abogada: “El vehículo clásico es un procedimiento que se realiza a través del ayuntamiento, mientras que el histórico se tramita por la DGT; ambos tienen unos beneficios diferentes”
¿En qué te beneficia uno y otro?
La demanda de vehículo histórico se dispara por las ZBE de las ciudades pero, ¿qué hay de los clásicos?
Cuándo un coche viejo puede ser considerado histórico o clásico (y valer un dineral)
María Trinidad López Recio es abogada experta en automoción y nos cuenta las diferencias entre un coche histórico y uno clásico.
Coche clásico y coche histórico, ¿cuáles son las diferencias? A primera vista parecen lo mismo, pero nada de eso. Con la creación de las zonas de bajas emisiones (ZBE) en las ciudades españolas, la demanda de vehículos con una cierta edad se ha disparado, pero ¿qué ocurre con los clásicos? María Trinidad López Recio es abogada experta en automoción y nos da las claves para diferenciar entre vehículo clásico e histórico en uno de sus últimos vídeos en TikTok, red social donde cuenta con cerca de 25.000 seguidores: “Esto es importante porque hay muchísimos matices, sobre todo en el histórico”, arranca la abogada.
Para empezar, vamos con el clásico: “El vehículo clásico es un procedimiento que se hace por tu ayuntamiento. Algunos ayuntamientos, cuando los vehículos cumplen cierta edad, para algunos son 25 años, para otros 30, para otros incluso 40… Te hacen una exención en el impuesto de circulación. Ése es el vehículo clásico y es un derecho rogado”, explica López Recio. E insiste en que no todos los ayuntamientos lo hacen, sino “algunos”, como puedes ver en el vídeo.
Así que, mientras el vehículo clásico depende del ayuntamiento de turno (y no de todos), el vehículo histórico pasa por una entidad distinta, la DGT. Y tiene unos requisitos bastante claros: “un vehículo con, al menos, 30 años desde su primera matriculación o fabricación y que se encuentre en estado original”, asegura la DGT en su web. También puede ser histórico porque el vehículo haya sido declarado “bien de interés cultural o cuando el vehículo haya participado en algún hecho histórico o pertenecido a una personalidad”.
A partir de ahí, la abogada María Trinidad López Seco explica los pasos a seguir para lograr la condición de vehículo histórico: “El procedimiento se tramita a través de la DGT. Y el vehículo histórico tiene unos beneficios diferentes al vehículo clásico. El mayor beneficio de todos son los plazos de la ITV. En el vehículo histórico se amplían”, explica la experta. Así, si el vehículo tiene menos de 40 años, la ITV será cada 2 años. Si tiene entre 40 y 45 años, cada 3 años. Para los de más de 45 años, serán 4 años. Y si el vehículo tiene más de 60, estará exento de pasar la ITV.
María Trinidad nos da algunos beneficios ‘extra’ de inscribir a nuestro coche como histórico: “En algunos ayuntamientos, el vehículo histórico tiene bonificado el impuesto de circulación, en un porcentaje o completamente exento. Los seguros del vehículo histórico también son más económicos. Y otro beneficio es la revalorización del vehículo. Cuando vas a vender un vehículo histórico, como ya tienes todo el tema del papeleo hecho, gana valor y puedes pasar por las zonas de bajas emisiones”, finaliza la abogada López Seco. El ‘pero’ es que los vehículos históricos están limitados a circular únicamente 96 días al año.