Voces internas del Tribunal Supremo hace tiempo que vienen denunciando que el Tribunal Constitucional, bajo la presidencia de Cándido Conde-Pumpido, se está excediendo en sus competencias para tumbar sentencias de los otros tribunales.
Pasó con un asunto del líder de Bildu, Arnaldo Otegi; con la condena del exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez y con la sentencia de los ERE. Sin embargo, no dejaba de ser una queja, un malestar, ante lo que se consideraba por parte de algunos una intromisión a su labor jurisdiccional, en la que no es competente el Constitucional cuya tarea es que todas las sentencias casen con la voluntad de la Carta magna.
El elefante en la habitación es la aplicación de este debate jurídico para la ley de Amnistía
Pero, al calor de estas críticas, dos tribunales han dado un paso más con dos cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid han decidido que paralizan el cumplimiento de una sentencia del Tribunal Constitucional ante la sospecha de que infringe la normativa europea, que prima sobre la nacional.
Conde-Pumpido ha intentado atajar de raíz este rebelión buscando opciones para evitar que estos tribunales puedan acudir a Europa y queden en suspenso sus decisiones hasta que los tribunales europeos se pronuncien.
Tras dos días de debate en el pleno, el presidente del Constitucional ha dado un primer paso y ha pedido a los tribunales que remitan sus providencias por las que se plantean las cuestiones prejudiciales.
El presidente ya se ha encontrado un primer portazo porque la Audiencia de Sevilla le devuelve la pelota para que fundamente el porqué de tal petición. Para los magistrados de Sevilla, como tribunal jurisdiccional, están en pleno derecho y potestades para acudir a Europa si tiene dudas de que el Constitucional puede estar infringiendo el derecho comunitario sobre corrupción.
El Alto Tribunal está divido en este punto. Algunas fuentes sostienen que sus magistrados se han entrometido en la labor jurisdiccional del poder judicial, al ordenar por ejemplo, que se revisara la condena del caso de los ERE y rebajar las penas, lo que supone excederse de su labor de analizar si ha existido vulneración de derechos. Por contra, los favorables a Conde-Pumpido explican que la cuestión prejudicial está prevista como herramienta para que jueces y magistrados pueden recurrir ante la duda de que una ley –no una decisión del Tribunal Constitucional– sea compatible con la legislación europea.
Sin embargo, existen precedentes de tribunales rumanos o polacos que han presentado tales cuestiones ante sentencias de sus tribunales constitucionales.
Dentro del Constitucional el debate ya está abierto: el bloque conservador –formado por cinco magistrados– defienden que no se puede frenar ni actuar para evitar que un juez o tribunal plantee una cuestión prejudicial.
En todo esto, el elefante en la habitación es la aplicación de la ley de Amnistía porque el Supremo ya advirtió en una resolución que en caso de que el Constitucional avale la ley del olvido penal acudirá a la justicia europea, lo que retrasaría su aplicación hasta que se resuelva si la ley impulsada por el PSOE y partidos independentistas cumple los requisitos europeos. Si este es el recorrido, la aplicación de la amnistía a todos los acusados o condenados por el procés va para muy, muy largo, si es que llega.
En el Constitucional ya se ha redactado un primer informe de una letrada de uno de los magistrados conservadores que advierte que “el TC español no puede impedir que un órgano jurisdiccional inferior plantee una cuestión prejudicial cuestionando la conformidad con el derecho de la Unión” entre otros motivos, aduce el informe, porque “podría suponer una infracción del principio de independencia judicial”.