José Luis Ábalos se libra de la prisión aunque se niega a declarar

Trama de corrupción

El  juez del Tribunal Supremo rechaza enviar a prisión al exministro de Transportes en la misma línea que la Fiscalía Anticorrupción

El magistrado pide una “reflexión” al legislador ante el “estupor” de que Ábalos siga siendo diputado a pesar de la imputación de graves delitos

José Luis Ábalos se libra de la prisión aunque se niega a declarar
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José Luis Ábalos se niega a declarar y Anticorrupción no pide prisión

El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha rechazado el ingreso en prisión del exministro del Transportes José Luis Ábalos, después de que se haya negado a declarar como investigado en el llamado 'caso Koldo'. La Fiscalía Anticorrupción no había pedido la prisión preventiva aunque sí lo habían hecho las acusaciones, quienes subsidiariamente han reclamado una fianza de 650.000 euros.

El exministro Jose Luis Ábalos, a su llegada este miércoles al Tribunal Supremo (Zipi Aragón / EFE)

El exministro Jose Luis Ábalos, a su llegada este miércoles al Tribunal Supremo (Zipi Aragón / EFE)

Puente había citado de nuevo a Ábalos tras el reciente informe entregado por la unidad central operativa (UCO) de la Guardia Civil en el que se apuntala todavía más cómo el exministro habría manejado grandes cantidades de dinero en efectivo. Lo primero que hizo el magistrado tras recibir el atestado fue citar a declarar a Ábalos y a su exasesor Koldo García como investigados para hoy y mañana, respectivamente.

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El exministro temía que el juez pudiese tomar alguna medida más restrictiva contra él, teniendo en cuenta que Santos Cerdán, sucesor de Ábalos en la Secretaría de Organización del PSOE, se encuentra en prisión incondicional por estos mismos hechos. Sin embargo, fuentes presentes en el interrogatorio explican que el fiscal jefe de Anticorrupción se ha opuesto a su ingreso en prisión solicitado por las acusaciones aunque haya reconocido que han aumentado los indicios en su contra.

En su informe, el fiscal jefe Alejandro Luzón ha argumentado que efectivamente existe un riesgo de fuga y por eso ya se impusieron medidas cautelares para Ábalos en febrero, como la retirada de pasaporte y la obligación de acudir cada 15 días al juzgado para firmar. Para el fiscal, con las medidas ya impuestas y teniendo en cuenta que es diputado, el riesgo no ha incrementado exponencialmente como para acordar su prisión.

Por su parte, las acusaciones, representadas por el PP, han pedido la prisión, al considerar que Ábalos es el jefe de la trama y por tanto no hay una explicación plausible de porqué Cerdán está en prisión y Ábalos no.

Según ha defendido, al igual que en el caso de Cerdán, en el exministro también existe un riesgo de destrucción u ocultación de pruebas, como por ejemplo que todavía no ha aparecido el dinero que habrían obtenido en comisiones ilegales. Mientras que los abogados defensores precisamente argumenta que si no aparece el dinero es porque existe, las acusaciones creen que si no aparece es porque está oculto y por eso hay más motivo para encarcelar a los principales responsables de la trama.

En su auto, Puente confirma que mantiene a Ábalos las medidas cautelares de prohibición de salida del territorio nacional y comparecencias quincenales en el Juzgado, que ya le había impuesto en febrero.

El juez indica que el último informe de la UCO ha incrementado los indicios de criminalidad así como su “robustez”, poniendo de relieve que el investigado, “sin hacer uso de cantidad alguna en metálico procedente de sus cuentas bancarias durante varios años, efectuó sin embargo significativos ingresos en metálico en esas mismas cuentas”.

Además, añade el juez se ha puesto de manifiesto la existencia de muy estrechos vínculos entre los patrimonios de Ábalos y del también investigado Koldo García quien según el auto ha venido asumiendo con su propio patrimonio gastos de Ábalos.

El juez analiza los requisitos por los que se pueden acordar la prisión. Respecto al riesgo de reiteración delictiva y el de alteración de fuentes de prueba, descarta que concurran en este momento.

Sin embargo, sobre el riesgo de fuga coincide con el fiscal en que concurre un riesgo cierto, aunque no lo suficientemente intenso, de que el investigado pueda sustraerse a la acción de la justicia.

Añade sobre este punto que “es verdad que Ábalos ha podido disponer de cantidades importantes de dinero opaco, tal vez en metálico, tal vez depositados en cuentas de terceros que hasta el momento no han sido halladas, así como de ciertos contactos y vínculos internacionales (en tal sentido, consta en las actuaciones, por ejemplo. la existencia de aportaciones económicas, que, aparentemente en concepto de préstamo, habría realizado en beneficio de Ábalos uno de sus hijos, sin que conste que aquel haya sido devuelto de ningún modo)”. Sin embargo, añade que “la existencia de dicho riesgo, sin embargo, ha sido conjurada hasta el momento con las medidas cautelares que tiene vigentes”.

“Estupor” porque Ábalos siga siendo diputado

Finalmente, el juez señala que “no es ajeno al natural estupor que produce que una persona, frente a la que gravitan tan consistentes indicios de la eventual comisión de muy graves delitos estrechamente relacionados además con el viciado ejercicio de la función pública, pueda mantenerse en el curso del procedimiento penal que se sigue contra él, ejerciendo a la vez las altas funciones que corresponden a un miembro del Congreso de los Diputado (entre ellas, el control de la acción del Gobierno y la aprobación de normas con rango de ley). Se trata, creo, de un buen motivo para la reflexión”.

Añade que “el derecho constitucional, de máxima relevancia, a la presunción de inocencia, no sería obstáculo, necesariamente, para que pudiera articularse por ley algún mecanismo apto para impedirlo. De hecho, el Reglamento del Congreso de los Diputados, en su artículo 21, ya previene que los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios “cuando, concedida por la cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta”.

Para el juez, “en cualquier caso, no es, desde luego, la modificación de las normas competencia que corresponda a los miembros del Poder Judicial”. Argumenta que su función es aplicar las promulgadas por quienes, en tanto representantes directos del pueblo soberano, tienen la facultad de hacerlo. “Ni, desde luego, podría ser acordada la prisión provisional, ignorándose las exigencias legales extensamente referidas a lo largo de este auto, con el (indebido) propósito de colmar las exigencias derivadas de la actual redacción del Reglamento del Congreso para que pueda producirse la suspensión del diputado”.

Desde que se conoció el informe de la UCO, Ábalos ha estado pensando varias maniobras para ralentizar la causa contra él. Lo primero que ha hecho el exministro para ganar tiempo ha sido romper con su abogado defensor, alegando “deterioro irreversible” de la relación cliente-abogado. A pesar de que efectivamente han existido diferencias de criterio, el juez cree que se trata de un “fraude de ley” para aplazar la declaración de hoy.

“Esto no es el Congreso”

Por eso el magistrado rechazó tal renuncia y obligó al abogado a acompañar hoy al exsocialista a la declaración. Esto ha impulsado a que Ábalos se haya negado a declarar, precisamente bajo el argumento que no quiere ser representado por todavía su abogado, José Aníbal, según estas mismas fuentes.

Durante su comparecencia, el disputado por el grupo mixto ha intentado explicar varias veces a Puente las razones por las que se nirega sa declarar. Entre otras cosas, ha explicado que cambiar de abogado no es un fraude de ley y que en todo caso hubiera sido dejar el escaño para que el Supremo pierda la competencia el día antes de su declaración. 

Según fuentes presentes en el interrogatorio el juez le ha frenado los pies y le ha advertido que únicamente puede decir si declara o no pero sin discursos políticos. “Esto no es el Congreso”, le ha dicho Puente, según estas fuentes.

El magistrado explicó en un auto dictado ayer que la libre designación de letrado es un derecho “que no puede considerarse ilimitado” y por tanto no se puede admitir si detrás existen “finalidades espurias”.

Puente precisa que hay que tener en cuenta que en esta causa hay un preso, Santos Cerdán, por lo que no se puede consentir conductas “dilatorias” o en la que “únicamente puedan identificarse marcadores de un propósito encaminado llana y simplemente a entorpecer o perturbar el normal desarrollo del procedimiento”.

Ábalos podrá cambiar de abogado. Tiene tres días para hacerlo y si no se le podrá asignar uno de oficio. Pero a la declaración ha tenido que ir.

El exsocialista busca desde hace meses una salida dado que su situación procesal empeora en la medida que avanza la investigación. En junio, su defensa le aconsejó pactar con la Fiscalía Anticorrupción, reconocer los hechos, y negociar una pena suave. Sin embargo, en el último momento, cuando debía acudir ante el juez a declarar Ábalos cambió de criterio y negó todas las acusaciones de corrupción.

Una semana después, Cerdán acababa en prisión ante la gravedad de los hechos y ante el riesgo de que pudiera manipular testigos. Todos ellos están investigados por utilizar el Ministerio de Transportes para beneficiar a ciertas empresas a cambio de ‘mordidas’.

Ábalos sería la cara visible del Ministerio y quien daría la órdenes a cargos inferiores para favorecer a una empresa concreta en detrimento de otra; Cerdán sería quien le apuntaría las empresas y quien después repartiría el dinero; y García sería el gestor del dinero ‘b’ de Ábalos, todo esto según la investigación, y que por ahora todos niegan.

El único que ha reconocido los hechos es uno de los corruptores, el empresario Víctor de Aldama, que logró su libertad después de reconocer que pagó a Ábalos y García dinero y otro tipo de prebendas a cambio de contratos.

En la Audiencia Nacional, el caso se alargaría años

El juez ya apuntó en una reciente resolución que está en vías de poder concluir una primera parte de la causa, la vinculada precisamente a los contratos a Aldama. De ahí que la tensión también vaya en aumento.

Está en manos de Ábalos el futuro más inmediato de la causa. Si renunciase a su escaño como diputado del grupo mixto, el Supremo perdería la competencia y la causa tendría que volver a la Audiencia Nacional, donde todavía hay una parte del asunto. El juez que lo instruye, Ismael Moreno, va más lento en el procedimiento al haber mas investigados y se prevé que en sus manos el asunto se ralentizaría.

En caso de enjuiciarse en el Supremo, la sentencia ya sería firme y por tanto en caso de condena, el cumplimiento sería inmediato. Sin embargo, en la Audiencia Nacional los plazos son más extensos. Primero, porque hay una media de retraso para la celebración de vistas orales de tres o cuatro años. Además, en caso de condena, todavía cabría recurso ante la Sala de Apelación y después otro ante el Supremo, lo que dilataría durante años su cumplimiento.

En este momento, este escenario viene bien a todos los encausados. Sin embargo, las defensas saben que si Puente acelera, dicta auto de procesamiento y apertura de juicio oral, la jurisprudencia marca que aunque se renuncie al acta de diputado, la competencia se queda en el Supremo. Es cuestión de plazos y tiempo.

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