El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha acordado hoy enviar a la Audiencia Nacional lo relativo a los pagos en efectivo del PSOE al no quedar aclarado la manera de proceder ni contabilizar al pago de la liquidación de gastos.
El instructor remite al juez que investiga una parte del 'caso Koldo' en la Audiencia Nacional, el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en el que se reflejaba la existencia de ciertas comunicaciones entre los investigados Koldo García y el entonces ministro de Transportes y secretario de Organización del PSOE José Luis Ábalos respecto a posibles pagos en metálico de determinadas cantidades por parte del partido en favor de estos dos investigados que no constarían, ni por sus fechas ni por sus importes, en la información facilitada por el PSOE en la causa.
También remite al juez Moreno la información facilitada por el PSOE al alto tribunal acerca de los pagos en metálico realizados Ábalos y García Izaguirre, “a fin de que, si considera que existe para ello méritos suficientes, proceda a realizar una investigación”.
También le entrega las declaraciones prestadas esta semana en la causa por el exgerente y la empleada del partido, así como la de la empresaria Carmen Pano, quien declaró ante el juez del Supremo que en dos ocasiones acudió a la sede del PSOE, ambas en el mes de octubre de 2020, e hizo entrega de 45.000 euros en metálico en cada una de las oportunidades.
El juez dice que también hay que tener en cuenta la declaración del empresario investigado Víctor de Aldama en la que afirmó que que, aunque no fue nunca de ello testigo presencial, sí le dijo Koldo García que buena parte de las cantidades que el primero le entregaba en metálico tenían por destinatario al partido.
Puente indica en su resolución que ni Ábalos ni Koldo García ofrecieron al respecto ninguna clase de información en sus comparecencias de este mes ante el magistrado, en las que se acogieron a su derecho constitucional a no declarar.
Esa fue la razón por las que se citó al exdirector gerente y a una empleada del PSOE para que pudieran ofrecer una satisfactoria explicación al respecto, excluyente, si ese fuera el caso, “de cualquier posible responsabilidad en la que dicho partido político pudiera haber incurrido”.
En un auto, el juez sostiene que tras estos interrogatorios celebrados este miércoles, “no han quedado despejados, sobre como quién era la persona y cuál el procedimiento de las compensaciones en metálico de facturas presentadas, la no comprobación de que la persona que reclamaba devolución de gastos era, conforme a los tickets o facturas aportadas o quien los había realizado”.
Puente entiende que con estas dos testificales no ha quedado claro el origen de las cantidades en metálico de las que el partido político disponía en su propia sede para hacer frente a las compensaciones de gastos.
Posible blanqueo de dinero en la caja del PSOE
En este sentido, indica el auto que tampoco se comprobaba con qué dinero se pagaban los gastos que después compensaba el partido y desliza que se podría haber pagado con dinero procedentes de actividades ilícitas y después al ser devuelto ese dinero por el PSOE se estaría blanqueando ese dinero. A lo que se añade que el argumento ofrecido por el partido es que Ábalos firmaba la liquidación de todos de todo su equipo de la Secretaria de Organización pero sin delimitar de quién era cada gasto.
El magistrado añade que tampoco se ha aclarado porqué la devolución de los gastos previamente pagados era en metálico y no por transferencia ni en qué momento se inició este procedimiento, si es que no siempre había venido siendo así, y en qué momento cesó definitivamente, si cesó.
Tampoco entiende el juez que si muchos de esos gastos que previamente se adelantaban por comidas, viajes, entre otros, el beneficiario lo pagaba con tarjeta y el partido lo devolviera en metálico en vez de hacer otra transferencia. Sobre todo, que para tener suficiente dinero en la caja el exgerente explicó que se tenía contratada una empresa de seguridad para trasladar el dinero desde el banco hasta la calle Ferraz, donde está la sede de la formación.
“No se comprende con facilidad que resultara necesario contratar, al menos para esos casos, una empresa de seguridad con el propósito de trasladar desde la cuenta de funcionamiento a la caja del partido importantes cantidades de dinero para entregarlas después en metálico a la persona que ellos designaran, en lugar de proceder, más cómodamente y sin incurrir en gastos adicionales, a realizar las compensaciones que resultaran procedentes a través de las correspondientes trasferencias”, señala el juez.
Eventual existencia de conductas o actividades irregulares
El auto concluye que “todas estas incógnitas deben ser despejadas, tras practicarse la investigación correspondiente, en la medida en que pudieran denotar “la eventual existencia de conductas o actividades irregulares, e incluso potencialmente delictivas”.
Sin embargo, sostiene que la responsabilidad que pueda tener el PSOE en estos hechos pueden quedar fuera de la investigación que sigue él contra Ábalos. García y el exsecretario de Organización Santos Cerdán. Por esa razón, considera que se puede hacer cargo Moreno, que lleva el resto de la causa en la Audiencia Nacional.



