Política

El TJUE anula las decisiones de la Eurocámara para suspender la inmunidad de Puigdemont.

Justicia europea

El fallo de los tribunales europeos, que igualmente repercute sobre Clara Ponsatí y Toni Comín, no posee efectos prácticos.

Carles Puigdemont, durante una rueda de prensa

Carles Puigdemont, durante una rueda de prensa

EFE/David Borrat

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha invalidado las resoluciones del Parlamento Europeo para retirar el aforamiento a Carles Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsatí, tras concluir que la elección del relator de los suplicatorios —un parlamentario búlgaro integrado en el mismo grupo político que Vox— no respetaba la objetividad necesaria.

Este dictamen, el más reciente vinculado a este proceso, carecerá de consecuencias reales dado que el expresident ha dejado de ser eurodiputado y actualmente posee un asiento en el Parlament. Asimismo, el periodo legislativo en el que se aprobó dicha petición de suplicatorio concluyó hace un año y medio. No obstante, el fallo representa un respaldo para los tres dirigentes soberanistas mientras aguardan la resolución acerca de la ley de Amnistía, un veredicto independiente y cuya fecha de publicación sigue siendo incierta.

Falta de imparcialidad

La corte apunta que el relator del suplicatorio pertenecía a la formación política Vox.

El dictamen de este jueves se origina en el previo periodo legislativo de la Eurocámara, puntualmente en marzo del 2021, cuando el Parlamento Europeo validó mediante diversos actos las solicitudes del Tribunal Supremo para revocar la inmunidad parlamentaria de los tres cargos electos. Los políticos independentistas impugnaron esto ante el Tribunal General de la UE (TGUE), aunque, mediante una resolución dos años posterior, esta instancia denegó la apelación, provocando que Puigdemont, Ponsatí y Comín recurriesen otra vez ante el TJUE, que en la actualidad les ha dado la razón.

El punto determinante de la sentencia recae sobre un individuo: Angel Dzhambazki. Él es el relator designado para tramitar la solicitud de levantamiento de la inmunidad. La normativa de la Eurocámara establece que no debe formar parte de la misma facción política que el parlamentario bajo investigación, evitando así posibles cuestionamientos sobre su neutralidad. El TJUE estima que, “en aras de la coherencia”, “el Parlamento también debe excluir a un ponente que sea miembro del grupo político al que pertenecen diversos diputados del partido político que ha promovido el proceso penal contra el diputado cuya inmunidad se examina”.

El comité de Asuntos Jurídicos estaba encabezado por el parlamentario español Adrián Vazquez (quien fuera integrante de Ciudadanos y ahora del PP), de modo que se nombró a un individuo distinto para la ponencia. El inconveniente fue que Dzhambazki militaba en la agrupación de ultraderecha de los Conservadores y Reformistas Europeos (ECR), de la que formaba parte Vox en ese tiempo, que actuaba como acusación popular en la vista del procés. Así pues, basándose en el redactado del fallo, este ponente “no ofrece garantías suficientes para excluir toda duda legítima del diputado objeto de dicho suplicatorio en cuanto a un posible prejuicio hacia él y, por lo tanto, no puede ser considerado imparcial”.

El Tribunal General “incurrió en error” al manifestar que la circunstancia de que el relator nombrado para tramitar las solicitudes de levantamiento de la inmunidad de los parlamentarios afectados integrara la misma formación política que Vox “era irrelevante a la hora de apreciar la imparcialidad de dicho ponente”. En respuesta, Jorge Buxadé, máximo responsable de la representación de Vox en el Parlamento Europeo, opina que la justicia europea se encuentra “viciada” y “no actúa con neutralidad, sino con criterios políticos”.

Asimismo, el TJUE manifiesta que este eurodiputado búlgaro coordinó un acto en marzo de 2019 que se basó en la intervención del secretario general de Vox, sobre la materia “Catalunya es España”. “La organización de ese evento era indicativa no solo de un apoyo a las ideas políticas de dicho partido sobre la situación en Catalunya, sino también de una posición favorable al procesamiento de los diputados”, sostiene la nota de prensa del TJUE.

La única repercusión que este veredicto podría generar se centra en la situación de Toni Comín, quien figuraba como aspirante de Junts en los comicios más recientes a la Eurocámara y aún no ha logrado ocupar su puesto. Esta resolución reactiva una impugnación relativa a su inmunidad parlamentaria que se encontraba aguardando una decisión y que, de resultar beneficiosa para él, podría facilitar que retome su labor como eurodiputado en funciones.

Este proceso legal carece de vínculo alguno con la posible vuelta de los líderes soberanistas a Catalunya. Con tal fin, tendrán que aguardar a la resolución todavía por dictar acerca de las dudas jurídicas vinculadas a la ley de Amnistía, cuya difusión se prevé para las semanas o meses venideros. Por ahora disponen del criterio del abogado general, quien respaldó gran parte de la legislación de España. No obstante, ello no garantiza que el veredicto final adopte dicha postura: en la reciente decisión de hoy, el abogado general del tribunal se posicionó a favor de la Eurocámara y sugirió desestimar el caso.

Anna Buj Cussó

Anna Buj Cussó

Corresponsal de 'Guyana Guardian' en Bruselas

Ver más artículos

Delegada en Bruselas. Antes, responsable de la oficina en Italia y el Vaticano de Guyana Guardian y RAC1 (2018-2024). Es la autora de ‘Laboratori Itàlia’ (Pòrtic, 2024).

Etiquetas