¿Pueden los bomberos cobrarme por su intervención?

Consultorio de Defensa Jurídica

Un vecino llamó a los bomberos porque su casa se estaba inundando debido a una tubería rota. Después de la intervención, se preguntó si tendría que pagar por el servicio, ya que no estaba seguro de si su seguro de hogar cubriría los costos. Pregunta de Ana Gutiérrez.

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Cuando llamamos a los bomberos para que nos ayuden creemos que es un servicio gratuito, pero la realidad es que no. Los bomberos te pueden cobrar por su intervención cuando lo hacen en tu beneficio, cuando se ha producido una negligencia por tu parte o cuando has cometido una irresponsabilidad.

Es decir, si yo provoco el incendio o este se produce como consecuencia de mi negligencia, me cobran. O si se inunda mi casa porque no he hecho un buen mantenimiento de los desagües. También si pido ayuda en la montaña y he sido descuidado o imprudente, si tienen que rescatar a mi gato de un árbol o si tienen que eliminar un nido de abejas que tengo en la ventana.

En todos estos casos, si tengo un seguro de hogar, normalmente se encargan de reembolsar el importe que he pagado por el servicio de los bomberos. Habrá que revisar la póliza por si hay alguna exclusión o motivo por el que no puedan cubrirlo.

Bomberos de Cádiz (Foto de archivo).

El servicio de los bomberos puede ser de pago, en función de las causas.).

/ Europa Press

¿Cuál es el coste de la intervención de los bomberos?

El importe está regulado por las ordenanzas municipales, por lo que cada municipio con servicio de bomberos tiene una tarifa concreta. Por ejemplo:

  • En Barcelona la tarifa básica son 229,16€ cuando la intervención dura menos de una hora y no se utilizan materiales concretos, y se amplía según los materiales utilizados y el tiempo invertido.

  • En Madrid se establece según el número de efectivos utilizados.

  • En Bilbao la tarifa básica es de 261€.

  • En Sevilla se establece el coste según el número de efectivos y material utilizado.

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Cristina  González es abogada y Directora de Asistencia Jurídica Telefónica de ARAG.   Más información: www.arag.es

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