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¿Qué ocurre si provoco daños accidentales en la vivienda alquilada?

Consultorio de Hogar

Vivo de alquiler y desconozco quién tiene la responsabilidad de cubrir los desperfectos que puedan producirse en el piso. Pregunta de Sebastián Pérez. 

Consultorio Seguros Hogar Occident

Vivir de alquiler es una opción cada vez más habitual. Sin embargo, muchas personas que residen de alquiler desconocen cuál es la cobertura real del seguro de hogar del propietario y hasta qué punto están protegidos ante posibles daños accidentales en la vivienda.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que el seguro del propietario está pensado para proteger sus intereses. Por lo general, esta póliza cubre los daños que pueda sufrir la vivienda en sí —lo que se conoce como continente—, es decir, la estructura, paredes, techos, suelos, instalaciones eléctricas, fontanería o calefacción. En algunos casos, el propietario también puede asegurar parte del contenido, como los electrodomésticos o muebles que deje en la vivienda.

Ahora bien, si como inquilino provocas un daño de forma accidental —por ejemplo, una fuga de agua al dejar un grifo abierto o un incendio por un descuido en la cocina—, lo habitual es que el seguro del propietario no se haga cargo. Y es que, aunque los daños afecten a la estructura de la vivienda o a los bienes del arrendador, si el origen del siniestro está en una acción del inquilino, la responsabilidad recae sobre este último. En otras palabras, el propietario puede reclamarte los costes de reparación o incluso de los desperfectos ocasionados a terceros, como los vecinos.

Por este motivo, es muy recomendable que toda persona que viva de alquiler contrate su propio seguro de hogar, Este tipo de pólizas está diseñado también para cubrir tus bienes personales (muebles, ropa, dispositivos electrónicos, etc.) Y, lo que es más importante, incluir una cobertura de responsabilidad civil.

Consejo

No conviene depender únicamente del seguro del propietario, ya que este protege fundamentalmente su patrimonio

La responsabilidad civil es clave, ya que te protege frente a los daños que puedas causar, tanto al inmueble alquilado como a terceros. Si, por ejemplo, te dejas el grifo abierto y cae agua que afecta al vecino de abajo, tu seguro de hogar para inquilinos se haría cargo de la reparación de los daños ocasionados y de la indemnización correspondiente. Incluso en siniestros que pueden ser más graves y en los que existe responsabilidad del inquilino, por ejemplo, un posible incendio provocado por un cortocircuito mientras se carga el teléfono móvil, la compañía se haría cargo hasta el capital asegurado de responsabilidad civil. Aunque son situaciones que afortunadamente no ocurren a diario, gracias al seguro de hogar como inquilino estrás protegido.

Cuando hay daños en las viviendas puede no bastar el seguro del propietario para evitar un percance al inquilino.

Álex Cámara / EP

Además, estas pólizas ofrecen otras coberturas muy útiles, como la asistencia en el hogar, la reparación urgente de averías, la defensa jurídica o la cobertura frente a robos y actos vandálicos. En algunos casos, incluso pueden cubrir los daños ocasionados a bienes del propietario que estés utilizando (como los electrodomésticos incluidos en el alquiler).

En definitiva, no conviene depender únicamente del seguro del propietario, ya que este protege fundamentalmente su patrimonio, no el tuyo. Contar con tu propio seguro de hogar te da tranquilidad, te protege ante imprevistos y evita conflictos con el arrendador o con terceros.

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Sergio López es Director de Seguros de Particulares de Occident. Más información en www.occident.com

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