El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena a 13 años y 9 meses de cárcel a un hombre acusado de agredir sexualmente en varias ocasiones a una menor de su familia, y a la que transmitió un virus que le ha dejado secuelas físicas, además de las secuelas psicológicas.
En su sentencia, la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJM, a la que tuvo acceso EFE, ha ratificado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid a Guillermo P.C.M. por un delito de agresión sexual con acceso carnal a una menor de 16 años, con prevalimiento debido a la vulnerabilidad de la víctima, así como por un delito leve de amenazas.
El acusado transmitió a la menor un herpes permanente, lo que le dejó secuelas físicas, además de las psicológicas
La sentencia absolvió al acusado del delito de lesiones por impudencia relacionado con la enfermedad de transmisión sexual que contagió a la menor, un herpes permanente.
En la sentencia, ahora confirmada por el TSJM, se considera probado que el acusado, nacido en Paraguay y con 34 años al momento de su detención en abril de 2022, cometió los hechos desde 2019, aprovechando las ocasiones en las que se encargaba del cuidado de la menor de 8 años, que era nieta de su tía.
En 2019, el procesado se trasladó a vivir a la casa de una tía suya, donde ya residían su pareja, su hija y los dos hijos de esta: una niña (la víctima) y un niño.
El acusado aprovechó que en ocasiones cuidaba de la menor para agredirla sexualmente en varias ocasiones
El acusado aprovechó que en ocasiones cuidaba de la menor, porque su madre trabajaba, para agredirla sexualmente en varias ocasiones, transmitiéndole además un herpesvirus que le causa una infección permanente, según la sentencia.
Los magistrados validan la sentencia originaria, en la que se concluye que “la prueba practicada ha sido suficiente para enervar la presunción de inocencia del procesado, habiendo llegado a un grado de certeza sobe la realidad de las agresiones sexuales sufridas por la menor y cometidas por aquél, así como los resultados lesivos que le han provocado”.
“Tampoco le ofrece duda al tribunal que el procesado, con la finalidad de que la menor no contara lo sucedido, le dijo a la misma con reiteración que si decía lo que estaba pasando le tiraría del pelo, así como que nadie la iba a creer porque era una mentirosa”, añaden.
De este modo, los magistrados consideran probado un “amedrentamiento” cuyo objetivo era “lograr impunidad”, lo que, sumado a las agresiones, causó a la menor secuelas psicológicas graves.
Por todo ello, el tribunal le impone una condena de 13 años y 9 meses de prisión, seguidos de 9 años de libertad vigilada. Además, se le prohíbe acercarse a la menor durante 13 años, se le retira la patria potestad sobre sus hijos menores al momento de dictarse la sentencia y se le prohíbe trabajar con menores durante más de 18 años.