El Tribunal Supremo ha condenado al jefe de una empresa y a su mujer a dos años y siete meses de prisión por agresión sexual. Ambos habrían sometido a dos empleadas que eran pareja a “un continuo y reiterado trato humillante y ofensivo” y habrían abusado sexualmente de una de ellas.
La sentencia declara probado que, desde marzo de 2017, el delegado de esta empresa de Gran Canaria y su mujer, ambos en posiciones jerárquicas, “sometieron” a las dos empleadas “menoscabando su integridad psíquica”. Destacan que lo hicieron “a sabiendas y prevaliéndose de su posición” de poder en la empresa.
El Tribunal Supremo detalla que ambos condenados obligaban cada día a las víctimas a desayunar y comer en el lugar y durante el tiempo que ellos decidieran. Además, también las forzaban a formar parte de un grupo de chat en el que debían enviar un mensaje de buenos días cinco minutos antes de entrar a la oficina. En este, debían también contestar a un mensaje cada noche “so pena de ser recriminadas al día siguiente”. Estaban e incluso “amenazadas con ser despedidas” si no lo hacían.
Acoso
Los condenados obligaron a las empleadas a terminar una relación sentimental que mantenían entre ellas exigiéndoselo a golpes en la mesa en un despacho
Creyendo que las trabajadoras eran pareja, los acusaron les dijeron que tenían que poner fin a su relación. En una ocasión, exigieron que pusieran fin a su relación dando golpes en la mesa en un despacho. Además, entre marzo de 2017 y febrero de 2018, destaca el tribunal, el jefe “sometió” a una de ellas “a frecuentes insinuaciones de carácter sexual”. En un de estas escenas, el hombre se acercó por detrás de la víctima y le tocó los pechos con la mano mientras. Además, se dirigían a ellas con distintos insultos y expresiones como: “paquetes”, “caras amargadas”, “lo que necesitas es echar un buen polvo”, “mal follada”, etcétera.
Hay un tercer condenado por los mismos hechos: el delegado de la empresa en Tenerife. Según la sentencia del Tribunal Supremo, este hombre enseñó a una de las empleadas una foto de él recién salido de la ducha. Además, le recriminó: “Solo estás con mujeres”. Después le propuso irse juntos de fiesta y luego a un hotel. Ella se negó. Sin embargo, este jefe pidió permiso a la otra trabajadora para salir con su pareja. Incómoda por la situación, una de ellas se fue al baño y, al salir, el condenado la agarró del brazo, la abrazó por detrás, y se rozó con ella.
El Juzgado de lo Penal de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a este tercer acusado a un año y ocho meses de cárcel por abuso sexual, un fallo que había ratificado la Audiencia de Las Palmas.
Ahora, el Supremo confirma la sentencia. Los magistrados destacan, entre otras cuestiones, que “el tocamiento de una zona erógena, como el pecho de una mujer, es un acto de contenido sexual”. “Se trata de una acción de naturaleza sexual inconsentida, sorpresiva, que requirió de un consentimiento que, al no constar probado, supone un ataque a su libertad sexual de decidir y aceptar ese tocamiento”, detallan en la sentencia.