La Audiencia de Lleida ha declarado nulo la desheredación de un padre a su hija, que abandonó el hogar cuando tenía 11 años. Lo ha decidido así tras considerar probado que fue el hombre quien no quiso tener relación familiar con su hija. Así se desprende de la información publicada por Segre.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso el citado medio, los magistrados expresan que “no puede darse por acreditado que la falta de relación es imputable exclusivamente a la hija”. Este tribunal ha ratificado una primera sentencia impuesta por el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Solsona, que declaró “la inexistencia de causa de desheredamiento” de la demandante respecto a la herencia de su padre.
Sentencia ratificada
Dos tribunales coinciden en que la hija tiene derecho a mantener la herencia de su padre
Como argumento para desheredar a su hija en su testamento, el padre se refirió a un artículo del Código Civil de Catalunya que justifica este hecho cuando hay una “ausencia manifiesta y continuada de relación familiar”. Aseguraba que el hecho de no tener relación era una voluntad exclusiva de su hija. Pero el juzgado ha dado la razón a la hija al considerar que “no está acreditado que esta falta de relación obedece a causa imputable exclusivamente a la propia demandante”.
En la sentencia se lee que cuando la menor "contaba escasamente con 11 años, sus padres se separaron judicialmente (...). No consta desde ese momento, que el padre haya hecho ningún intento de mantener visitas con la hija ni que le haya pagado ninguna pensión”. Añaden que “al contrario, sí consta el intento en varias ocasiones de la hija de mantener contacto con el padre”.
Los magistrados relatan varios episodios en favor de este argumento: cuando la hija tenía 15 años y “más adelante nuevamente, intentó mantener relación con el padre en la boda de un primo, donde nuevamente el padre volvió a rechazar cualquier contacto con ella y hasta 20 días antes de su muerte“ cuando ”le visitó en el hospital”.
El tribunal destaca que el padre no visitaba a su hija, no pagaba la pensión alimentaria ni contactaba con ella por ninguna vía. Además, detallan que tampoco le contó que tenía dos hermanas con su nueva pareja. “En definitiva, nada indica que la falta de relación entre padre e hija fuera imputable exclusivamente a la hija", narra el tribunal, que ha desestimado el recurso del padre.


