La Audiencia Provincial de Ávila ha condenado a un hombre a cuatro años de cárcel por un delito de abusos sexuales cometido contra un menor durante un campamento. El ahora condenado ejercía monitor de la actividad a finales de julio de 2018, cuando se fueron unos días en grupo a la localidad abulense de Arenas de San Pedro. En el momento de los hechos, la víctima tenía 10 años.
Las partes han llegado a un acuerdo antes del juicio que estaba previsto que arrancase a primera hora de este miércoles. Finalmente no ha tenido lugar, según ha confirmado el fiscal Francisco Javier Rojo. Antes de dicho acuerdo, el Ministerio Público solicitaba seis años de prisión para el condenado por un delito de abusos sexuales. Actualmente, con el cambio de ley, respondería a un delito de agresión sexual.
El acuerdo entre las partes también condena al monitor a 10 años de alejamiento y prohibición de comunicación con el menor. También deberá pasar otros seis años de libertad vigilada y 10 de inhabilitación para profesión u oficio relacionado con personas menores de edad.
Cancelado
Las partes han llegado a un acuerdo antes del inicio del juicio
En concepto de responsabilidad civil, el acusado ha sido condenado también al pago de 6.000 euros al menor, que ya han sido abonados por el condenado, según ha confirmado el fiscal. El acuerdo de conformidad, ha asegurado, “implica un reconocimiento de los hechos” por parte del procesado, que hasta el momento ha permanecido en libertad.
La acusación particular solicitaba para él seis años de cárcel por un delito de abuso sexual a menor de 16 años y tres más por un delito de ciberacoso sexual de menores, que finalmente ha sido retirado. Antes del acuerdo entre las partes, la defensa del monitor había pedido su absolución.
Según el escrito de acusación, desde la segunda noche y hasta la última, el ahora condenado, con la excusa de que el menor tenía subidas y bajadas en sus niveles de azúcar, “se ofreció a dormir con él en su litera, aprovechando así” para cometer los abusos. Agregan que le decía a la víctima que era “un secreto que tenía que quedar entre ellos”. Tras tener conocimiento de lo sucedido, la madre del niño interpuso ese mismo julio de 2018 una denuncia en nombre de su hijo.
Un auto emitido el 20 de julio de 2021 por parte del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid le impuso al acusado, como medida cautelar, la prohibición de aproximarse al menor de 500 metros de su domicilio, centro escolar o lugar frecuentado por él, así como de comunicación por cualquier medio, por un periodo de seis meses o hasta que hubiese una sentencia definitiva.