Despiden a un hombre por referirse a sus compañeras de trabajo diciendo que tiene alergia “a las zorras”

Tribunales

El hombre dijo a 3 compañeras de trabajo que “tenía alergia a las zorras” y, durante una clase de formación, exhibió un cartel en el que se leía la palabra “puta”

Vista de la fachada del Palacio de Justicia, a 20 de marzo en Logroño, La Rioja (España). Hoy comienza el juicio, con jurado popular, contra el presunto asesino de Alex, de nueve años, que fue agredido sexualmente antes de ser asfixiado en el municipio riojano de Lardero. La Fiscalía pide para Almeida la prisión permanente revisable por un delito de asesinato y 15 años de cárcel por el de agresión sexual. El acusado ya había estado en prisión con una pena de 30 años por dos delitos de agresión sexual y uno de asesinato. Estaba en libertad después de que un juez de vigilancia penitenciaria le otorgara la libertad condicional.

Imagen de recurso: vista de la fachada del Palacio de Justicia

Alberto Ruiz - Europa Press / Europa Press

Un hombre ha sido despedido de forma procedente por decir a tres compañeras de trabajo que “tenía alergia a las zorras” y exhibir, durante una clase de formación, un cartel en el que se leía la palabra “puta”. El hombre ha presentado un recurso para que el despido se declare improcedente, pero la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) lo ha desestimado.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, coincide con la resolución del juzgado de lo Social de Murcia, que dictó que la conducta del demandante constituyó una ofensa verbal grave y una falta de respeto y consideración a sus compañeras de trabajo, por lo que el despido estuvo justificado.

Según lo declarado probado por el juzgado, los hechos ocurrieron en julio de 2023 en la sede de la empresa, ubicada en Murcia, cuando el trabajador realizó comentarios degradantes en presencia de tres compañeras.

Sentencia

El trabajador ha recurrido argumentando que la empresa no dejó que se defendiera antes de despedirle, pero la normativa que obliga a hacerlo entró en vigor después de su despido

Ese mismo día, en una clase de formación impartida por la coordinadora, exhibió el cartel con la palabra “puta” a espaldas de esta, que a continuación mostró también a sus compañeras. Estas expresaron su queja a la coordinadora por esos hechos, y explicaron que no era la primera vez que ocurría.

En su recurso, el trabajador despedido alegó que el cese debía ser anulado, ya que la empresa, antes de tomar esa medida, no le había dado la posibilidad de defenderse.

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El TSJRM desestima esa alegación al señalar que cuando se produjo el cese de la relación laboral no existía esta obligación, que entró en vigor más de un año después de su despido. En cuanto a su afirmación de que no existían testigos de los hechos, la Sala dice que los mismos quedaron probados con el testimonio de sus tres compañeras.

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