Una peluquera gaditana ha sido despedida por intentar quedarse con parte de la propina, y su despido ha sido procedente. El Juzgado de lo Social número 2 de Cádiz ha rechazado la demanda presentada por la peluquera, la cual fue despedida tras intentar quedarse con una propina de “tres míseros euros”, según recoge la sentencia.
Tal y como apunta El Diario de Cádiz, la trabajadora solicitaba que su despido fuera declarado nulo o, de forma subsidiaria, improcedente, pero la jueza ha desestimado ambas peticiones al considerar que “la quiebra de confianza” generada por su actuación justifica la extinción del contrato. “Lo de menos es que después devolviera esos tres euros”, señala la magistrada, quien califica los hechos como “muy graves”.
La propietaria ha logrado acreditar “la existencia de un incumplimiento contractual de la trabajadora que justifica su despido disciplinario”
La sentencia, dictada en septiembre de este año, detalla que la demandante comenzó a trabajar en la peluquería en diciembre de 2016 como ayudante con un contrato eventual. En enero de 2018 pasó a ser indefinida con una jornada de 26 horas semanales, y desde abril de 2021 disfrutaba de una reducción de jornada a 16 horas semanales.
El 2 de diciembre de 2023 se produjo un incidente en el establecimiento “a cuenta de un bote dejado por una clienta” que, en un primer momento, la trabajadora se apropió y posteriormente devolvió. A continuación, tuvo lugar “una fuerte discusión” entre ella y la propietaria, en la que hubo “insultos, faltas de respeto y consideraciones recíprocas”.
Tres días más tarde, la peluquera recibió una carta de despido enviada por burofax, en la que se argumentaba “la pérdida de confianza en ella” y se detallaban los hechos ocurridos. Tras su despido, la trabajadora demandó a la propietaria del negocio, solicitando que se declarase la nulidad del despido y el pago de 30.000 euros por daños económicos y morales.
La empleada alegó que los motivos recogidos en la carta de despido eran falsos y que se había vulnerado su integridad moral por encontrarse en reducción de jornada. Sin embargo, tras analizar las pruebas presentadas -incluido un vídeo de la discusión y los testimonios de varios testigos-, la jueza concluye que los hechos descritos “quedan corroborados punto por punto”, por lo que no aprecia “vulneración ninguna de derechos fundamentales de la trabajadora”. De este modo, el despido disciplinario ha sido declarado procedente.

