Gonzalo Bernardos advierte a los que hayan cobrado el SMI: “Haced la declaración porque os devolverán dinero”

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El economista Gonzalo Bernardos ofrece una recomendación a las personas que cobren el SMI

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El 2 de abril se abrió el plazo para presentar la declaración de la renta a través de la aplicación web, una fecha marcada desde hace meses en el calendario de los contribuyentes. Por lo tanto, ya está en marcha el trámite anual en torno al IRPF, un proceso de gran complejidad debido a la incertidumbre que habitualmente genera. En este sentido, una de las principales dudas surge en relación a los trabajadores que cobran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Según lo establecido en el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se prevé que el SMI anual alcance en 2025 los 16.576 euros brutos. Es decir, 1.184 euros brutos distribuidos en 14 pagas. Aunque el anuncio de este aumento se vio en principio eclipsado por la obligatoriedad de tributar en el IRPF, los Ministerios de Hacienda y de Trabajo han llegado finalmente al siguiente acuerdo: los perceptores del SMI estarán exentos durante el presente ejercicio.

Para hacerlo posible, se ha introducido una deducción en la cuota del IRPF sobre la cantidad que corresponde pagar. Así, los asalariados que cobren el SMI o menos no tendrán que tributar por este impuesto en 2025. Una medida que llega con el fin de aliviar la carga fiscal en los hogares con rentas más bajas.

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A raíz de esta noticia, el economista Gonzalo Bernardos ha analizado el panorama durante su intervención en Más Vale Tarde, el programa de La Sexta. Profesor de economía en la Universidad de Barcelona y conocido por ser tertuliano habitual en diferentes medios de comunicación, el especialista ha explicado en primer lugar que, de no haberse aplicado esta medida, la recaudación de Hacienda “hubiera sido de unos 162 millones, ya que, aproximadamente, estarían afectadas unas 570.000 personas”, según sus cálculos.

Acto seguido, ha enviado una importante recomendación a todos los que cobren el SMI en 2025. “Si la empresa os retiene, aunque no tengáis la obligación de hacer la declaración, hacedla porque os devolverán dinero”. Esto podría marcar la diferencia. Asimismo, ha añadido, “aquellos que estáis afectados por el 20% que sí iba a pagar el IRPF, porque la mayoría son solteros y sin hijos, os sale muy a cuenta hacer la declaración porque os va a caer un buen dinerito”.

Es preciso recordar que la obligatoriedad de presentar la declaración recae siempre en los contribuyentes con ingresos anuales superiores a los 22.000 euros, si proceden de un único pagador. Así como también en aquellas personas que, sin llegar a esta cifra, superen los 15.876 euros al año; cuando estos ingresos lleguen de varios pagadores y el rendimiento percibido, sin contar con el primero de ellos, supere los 1.500 euros anuales. 

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Aunque la campaña de la renta ya ha dado comienzo, es necesario tener presente el calendario establecido por la Agencia Tributaria. De momento, únicamente está abierto el plazo para confeccionar la declaración a través de la aplicación web.

Sin embargo, aquellos que deseen realizar el proceso por teléfono deberán esperar al 6 de mayo; y, en el caso de querer asistir presencialmente a sus oficinas, el procedimiento se abrirá el 2 de junio. Además, para ello será necesario solicitar cita previa. Finalmente, el 30 de junio de 2025 es la fecha límite programada para presentar la declaración.

Antes de proceder a realizar el trámite correspondiente, es importante informarse bien sobre las posibles deducciones y solicitarlas en caso de tener derecho a ellas. 

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