Son muchas las personas que se plantean si realmente pueden ser despedidas mientras están de baja médica. Más delicada es la situación todavía si el implicado se encuentra en período de prueba, ya que no se exige una justificación en estos casos. Ahora bien, ¿qué dice la ley? Un trabajador puede ser cesado de su desempeño laboral “siempre y cuando no se deba a la baja en sí misma”, responden los asesores de Civic Abogados.
“Muchísimas empresas están tomando la mala costumbre de que, cuando un trabajador en período de prueba coge una baja, se le comunica la no superación del mismo. Y esto posiblemente sea un despido nulo”, afirma el abogado laboralista Ignacio de la Calzada. Precisamente, la Ley 15/2022, de 12 de julio, establece en su segundo artículo que “la enfermedad no podrá amparar diferencias de trato”. En otras palabras, si es el motivo de la decisión podría considerarse discriminatorio.
¿Me pueden despedir estando de baja?
Podría considerarse un motivo discriminatorio
Entonces, ¿qué sucede con los despidos? De acuerdo con la legislación actual, “son nulos de pleno derecho las disposiciones, actos o cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de alguno de los motivos previstos”. Por lo tanto, lo que realmente marca la diferencia es el motivo real del despido.
Además, hay que tener en cuenta que “el período de prueba es un plazo donde el trabajador y la empresa se están probando”, prosigue Ignacio de la Calzada. “Durante la baja médica, esto se interrumpe. Vamos, no puedes probar a alguien si está enfermo”. Entonces, nos encontramos en un escenario delicado. “Cuando alguien coge la baja y la empresa automáticamente le comunica que no supera el período de prueba, sin dar ningún motivo o causa cierta, existe un claro indicio discriminatorio. La finalización del contrato ha sido por coger la baja”.
¿Qué puedo hacer si me despiden por estar de baja?
La empresa tiene la obligación de readmitirte
¿Qué hacer si me despiden por estar de baja?
Teniendo esto en cuenta, cabe preguntarse si los trabajadores que han sido despedidos en estas circunstancias pueden reclamar de alguna manera. “Debes demostrar que ese ha sido el motivo para que se considere nulo, pero tienes que denunciar”, añade la Unión Sindical Obrera (USO). Si se da el caso, es importante firmar la carta de despido conforme ha sido recibida, “pero junto a la frase ‘No conforme’”.
El plazo para reclamar es de 20 días, que empiezan a contar desde el mismo momento en el que recibimos la carta. “Lo más probable es que se aleguen motivos que podrían justificar un despido disciplinario u objetivo”, continúa la USO. Por ello, habrá que defender que esas causas realmente no existen. Finalmente, si se demuestra que el trabajador fue despedido por estar de baja, la empresa tendrá la obligación de readmitirlo. Y no solo eso. En palabras de Ignacio de la Calzada, “el trabajador tiene derecho a volver a su puesto, con lo que podrá reincorporarse, cobrar los salarios de tramitación y posiblemente una indemnización por daños y perjuicios”.


