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Pablo Ródenas, abogado: “Cuando llegas a los 18 meses de incapacidad temporal, el INSS tiene que mover ficha, y solo hay tres salidas”

Bajas médicas

Pablo Ródenas explica los tres escenarios posibles, después de 18 meses de baja médica

Ródenas Abogados

La Ley General de la Seguridad Social establece en su artículo 174.2 que la duración de la baja médica no debe superar los 545 días naturales; es decir, un máximo de 18 meses. Pero ¿qué supone llegar a este límite temporal? “Es un momento clave”, asegura el abogado Pablo Ródenas en su perfil de TikTok. “Es el punto en el que se decide tu futuro laboral y económico”.

En una publicación que ha compartido con sus más de 477 mil seguidores en la red social, el experto responde así a la pregunta de uno de los internautas, que está a punto de superar el tiempo permitido. Como revela el informe de absentismo laboral, relativo al segundo trimestre de 2025, “las personas que se encuentran de baja médica siguen por encima del millón (1.224.778)”.

¿Qué sucede después de 18 meses de baja médica?

Tres posibles salidas

“Cuando llegas a los 18 meses de incapacidad temporal, el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) tiene que mover ficha y solo hay tres salidas”, explica el abogado. La primera de ellas es “que te den el alta” y continuar así con la actividad laboral que corresponda.

No obstante, aunque el límite general está fijado en los 545 días naturales, es posible solicitar “la prórroga excepcional de seis meses”. De esa manera, la persona afectada podría aumentar su baja médica hasta los 24 meses en total. Aunque es una opción tentadora, hay que tener en cuenta la excepcionalidad de los casos en los que se concede. Normalmente, está reservada a circunstancias en las que hay que esperar para ver cómo evoluciona el paciente.

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¿Qué hacer si el INSS no comunica la resolución?

Por último, la tercera salida consiste en abrir un expediente de incapacidad permanente. Entonces, se define de manera inevitable el porvenir de la persona afectada, tanto si vuelve finalmente al trabajo como si pasa a cobrar una pensión. El problema es que, en muchos casos, el trabajador no recibe ninguna notificación del INSS y continúa en una especie de “limbo administrativo”.

“El INSS tiene la obligación de comunicar por resolución expresa qué ocurre con tu expediente”, afirman desde Fidelitis. “Si ha pasado tiempo desde que cumpliste los 18 meses y no sabes nada, es probable que haya algún retraso o bloqueo en la tramitación”. Por ese motivo, el bufete de abogados aconseja “confirmar cuántos días exactos llevas de baja, contactar con el INSS en caso de haber superado los 545 días, solicitar por escrito una copia del historial médico y presentar una solicitud de información formal si no responden”.