La campaña de la renta 2024 ya está en marcha. Los contribuyentes que estén obligados a presentar la declaración tienen desde este miércoles 2 de abril y hasta el 30 de junio para cumplir con el trámite de liquidar el IRPF.
Un año más, hay algunas novedades. No son de calado, pero implican cambios desde los mínimos que obligan a declarar a las donaciones o las reducciones y deducciones. Con más o menos afectados en función de la medida, estas son las principales que trae la campaña.
Nuevas reducciones y deducciones en vivienda
Una de las grandes novedades está en la vivienda. Hacienda modifica las reducciones para arrendadores. Hasta ahora se podían reducir el 60% del rendimiento neto, es decir ingresos menos gastos afrontados. Ahora esta cifra cae al 50% para contratos firmados tras el 26 de mayo del 2023, con la Ley por el derecho a la vivienda.
A cambio, surgen nuevos tramos: del 60% si la vivienda se ha rehabilitado en los dos años previos; del 70% si se introduce en el mercado y está en una zona de mercado tensionado y se alquila a menores de 35 años, y del 90% si se renueva el contrato en una zona tensionada y se rebaja la mensualidad en más de un 5%. Para acceder a ello esta campaña, se tendría que haber cumplido con los supuestos en el 2024.

Carteles en una inmobiliaria de Palma
Por otro lado, hay nuevas deducciones en vivienda a nivel autonómico. Madrid incorpora una de 1.000 euros por volcar inmuebles desocupados al alquiler. Otra que se suma es Extremadura, que permite reducir hasta 1.200 euros por el mismo motivo, además de un 15% del gasto por rehabilitar viviendas en zona rural para alquiler. Canarias incorpora una de 1.000 euros por vivienda que entre al mercado del alquiler y de 150 euros por gastos asociados. Por último, Asturias ataca en los gastos de alquilar del propietario, con 500 euros. Y pone una deducción de “gastos vitales” que permite a menores de 35 años restar hasta 2.000 euros por gastos, sean dueños o inquilinos.
Aumenta el mínimo exento con más de un pagador
Respecto a la obligación de declarar, el mínimo con un pagador que exige hacer la declaración se mantiene en los 22.000 euros. Sí hay modificaciones si se tiene más de un pagador y del segundo y sucesivos se ingresan más de 1.500 euros. En esta campaña, el límite que marca si se declara o no pasa de los 15.000 a los 15.876 euros.
Cambios en los tramos autonómicos
Los tramos que marcan cuánto se paga por las rentas no cambia este ejercicio. Donde sí hay variaciones es en los autonómicos. En la gestión del IRPF, la mitad corresponde al Estado y la otra mitad a las comunidades, que pueden jugar reduciendo o incrementando tramos según su política. En esta campaña, Baleares, Cantabria y La Rioja, todas del PP, bajan sus tipos. Canarias eleva las bases, un ejercicio similar a una deflactación.
Más datos para la Agencia Tributaria
En los últimos ejercicios la Agencia Tributaria ha ido sumando más y más datos de las operaciones que realizan los contribuyentes. Se han incorporado bolsas de información de prácticas como el alquiler de viviendas en plataformas turísticas, la compraventa de criptomonedas o las transacciones en plataformas de segunda mano. En los datos fiscales de este ejercicio ya aparecen estas últimas.
Este año también se pondrá la lupa sobre transacciones en Bizum que superen los 10.000 euros. Al servir como transferencia, se quiere detectar si hay una actividad económica o unas donaciones no declaradas.
A vueltas con los mutualistas
Otro cambio llega para los mutualistas que reclamen cantidades del IRPF pagadas de más. El proceso habilitado el año pasado se modifica. En un principio, la Agencia Tributaria había decidido que en lugar de reclamar todos los años no prescritos de golpe, ahora se iría paso a paso. En esta campaña se podría reclamar el 2024, al ser el año a liquidar, y el 2019, el último no prescrito. En la campaña del año que viene tocaría el 2020 y así sucesivamente.
Pero finalmente se ha decidido que se puedan reclamar todas las cantidades debidas de golpe, con un mecanismo que se debería activar a lo largo de la campaña, según fuentes de la Agencia Tributaria. La devolución ronda los 4.000 euros con intereses, según cálculos del Registro de Economistas Asesores Fiscales - REAF del Consejo General de Economistas (CGE).
Mejora fiscal en las donaciones
En el caso de las donaciones, el panorama mejora para los más solidarios. Si hasta ahora se podía deducir el 80% de las donaciones a entidades reconocidas hasta 150 euros, la cifra se eleva a los 250 euros. Además, por el resto de la base la deducción aplicable se amplía del 35% al 40%, una cifra que puede escalar hasta el 45% si las donaciones a la entidad se han dado en los dos ejercicios anteriores.
Pago con Bizum o tarjeta
En los casos en los que la declaración salga a pagar, en los que el contribuyente tiene que realizar un ingreso a Hacienda, a partir de este año se permite cumplir con el abono a través de Bizum o con tarjeta. Hasta ahora el pago se realizaba por transferencia bancaria, con un descuento desde la cuenta bancaria del contribuyente.
Cobros por la dana exentos
Los cobros de ayudas, donaciones del empresario y compensaciones -como del Consorcio de Seguros- están exentas. Se deberán declarar en caso de que la compensación supere el valor del bien, como que por un coche valorado en 10.000 euros el seguro haya pagado 12.000 euros, pero no es un caso que se espera que se produzca mucho. También se da una deducción autonómica del 100% del gasto para arreglar daños en la vivienda por la dana en la Comunidad Valenciana.