Bolsillo

He hecho una donación que no había declarado y Hacienda la ha detectado: ¿qué pasa ahora?

Movimientos opacos

La Agencia Tributaria intensifica el control sobre transferencias familiares, cruza datos bancarios y notariales y aplica recargos, intereses y sanciones elevadas a quienes no justifican el origen del dinero

La delegación de la Agencia Tributaria en la plaza Letamendi de Barcelona en una foto de archivo. 

La delegación de la Agencia Tributaria en la plaza Letamendi de Barcelona en una foto de archivo. 

Ana Jiménez

Regalar dinero a un hijo, ayudarle con la entrada de un piso o echar una mano ante un imprevisto puede parecer un gesto cotidiano. Sin embargo, cuando esa entrega no se comunica al fisco y acaba saliendo a la luz, la consecuencia es clara. Si haces una donación sin declararla y Hacienda la detecta, ambos implicados deberán regularizar su situación y asumir impuestos, intereses y sanciones que pueden disparar el coste de la operación.

Así lo advierte María José Gómez García, presidenta de la sección de derecho Fiscal y Financiero del Il·lustre Col·legi de l'Advocacia de Barcelona, quien resume el escenario con claridad. “En este caso habrá tributación para el donante como ganancia patrimonial en el IRPF si lo que se entrega es un bien y será no justificada si no se puede probar el origen de los fondos, bienes o dinero, y para el que recibe el bien o el dinero será una donación sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones”.

Es decir, no solo paga quien recibe. También responde quien entrega el bien, especialmente, incluyendo dinero, cuando no logra acreditar de dónde procede ese capital. Además, como explica Albert Domingo, miembro de la Junta Directiva del Colegio Notarial de Catalunya y notario de Vilassar de Mar, cuando la Agencia Tributaria localiza una transferencia sospechosa, inicia un proceso de regularización. “Reclama los impuestos pendientes, añade intereses de demora y puede imponer sanciones a Tributs de la Generalitat, que consiste en un porcentaje sobre la cantidad no ingresada y que oscilan entre el 50%, el 100% y el 150% según el grado de infracción (leve, grave o muy grave, respectivamente)”, explica. 

Multas, recargos y regularización voluntaria

No declarar a tiempo puede salir caro, aunque el impacto depende del momento en que se actúe. Gómez García recuerda que adelantarse a la inspección reduce el golpe económico. “Si se regulariza voluntariamente, presentando los impuestos antes de que Hacienda abra comprobación, se aplican recargos crecientes según el retraso, que pueden ser más bajos que una sanción”.

En la práctica, si han pasado menos de doce meses, el recargo es del 1% más otro 1% por cada mes. Superado el año, el porcentaje sube al 15% y se añaden intereses.

Cuando, por el contrario, es la Administración la que destapa la situación, el expediente puede endurecerse. Las sanciones parten del 50% y pueden escalar hasta el 150% si se aprecia ocultación o fraude.

Cómo actúa Hacienda cuando detecta ingresos sospechosos

La detección no suele ser casual. El fisco cruza información de cuentas bancarias, transferencias, compras de inmuebles o vehículos de determinado valor y datos notariales. También revisa las declaraciones de padres e hijos para comprobar si los movimientos encajan con la renta declarada. 

La Agencia Tributaria ha intensificado el control sobre transferencias familiares
La Agencia Tributaria ha intensificado el control sobre transferencias familiaresAndrea Martínez / Propias

“En estos casos envían requerimientos de información dentro de procedimientos de gestión tributaria o pueden abrir actuaciones de inspección. El coste de la regularización dependerá de si el origen de los fondos se puede justificar y, obviamente, del importe”, explica la experta.

Las entidades financieras, además, comunican determinadas operaciones relevantes, de modo que una transferencia llamativa puede acabar en los sistemas de control aunque se trate de un movimiento entre familiares.

Donar no es prestar

La diferencia entre un regalo y un préstamo resulta clave. Si existe obligación de devolución, se trata de un préstamo entre particulares que debe formalizarse y declararse. Si no hay retorno del dinero, Hacienda lo considera una donación y exige liquidar el impuesto correspondiente.

El plazo general para presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es de 30 días desde la recepción del importe. Incumplirlo activa recargos automáticos.

Particularidades en Catalunya

En Catalunya el impuesto presenta matices propios, ya que la comunidad dispone de competencias normativas dentro del marco estatal. Eso permite introducir reducciones y bonificaciones específicas que modifican la factura fiscal respecto a otros territorios.

Existen incentivos ligados a la empresa familiar y tipos diferenciados en donaciones entre padres e hijos, lo que puede suavizar la carga en determinados supuestos, especialmente cuando el parentesco es directo y la operación está bien documentada.

Sin embargo, el régimen sancionador básico depende del Estado. Las comunidades tienen margen limitado, por lo que multas, recargos e intereses responden en esencia a las mismas reglas que en el resto del país.

Planificar para evitar sustos

La conclusión, coinciden los expertos, es que planificar y declarar evita problemas mayores. Muchas donaciones pueden beneficiarse de reducciones o bonificaciones, pero la obligación formal de comunicar la operación sigue existiendo.

Porque, como advierte Gómez García, cuando la Administración detecta una transferencia que no cuadra con los ingresos declarados, “si no se justifica correctamente, puede acabar resultando mucho más cara que el propio dinero que se quería regalar”.