La magistrada que investiga la gestión de la gota fría que el 29 de octubre de 2024 causó 228 víctimas mortales en la Comunidad Valenciana ha subrayado en sus últimas resoluciones la “diferencia radical” entre la actuación de las administraciones locales y la autonómica a la hora de lanzar alertas a la población y adoptar medidas de autoprotección. Así lo ha expuesto en dos autos dictados este lunes, en los que insiste en que el foco de la investigación debe centrarse en el “aviso tardío” a los ciudadanos, pese a la información disponible por parte de quienes tenían competencias en protección civil a nivel autonómico.
Insiste en que el foco de la investigación debe centrarse en el “aviso tardío” a los ciudadanos
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha hecho públicos los dos autos de la jueza, en los que rechaza sendos recursos de reforma presentados por acusaciones particulares. En el primero de ellos, la magistrada Nuria Ruiz Tobarra desestima la petición de investigar al alcalde de Utiel, argumentando que el procedimiento no debe centrarse en los responsables municipales, sino en quienes, desde el ámbito autonómico, disponían de la información y los medios para coordinar una respuesta eficaz ante la emergencia.
“Existe una diferencia radical entre la Administración Local y la Autonómica al objeto de lanzar alertas a la población y la adopción de medidas de autoprotección”, señala la jueza. Esta diferencia, explica, radica en el acceso a la información y en el conocimiento de las medidas a tomar en situaciones de emergencia. Mientras los ayuntamientos carecían de datos suficientes y no recibieron instrucciones claras, las autoridades autonómicas contaban con múltiples canales de información, como la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), las llamadas al 112 y equipos técnicos especializados.
Ruiz Tobarra destaca que los alcaldes, incluido el de Utiel, “se vieron sorprendidos” por la magnitud de la catástrofe y no recibieron “información precisa” ni recomendaciones específicas sobre cómo actuar. En este sentido, recuerda que el primer edil de Utiel adoptó medidas de protección —como el cierre de centros escolares— con mayor antelación que el aviso oficial emitido por la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.
La magistrada advierte además de los riesgos de atribuir “responsabilidad penal indiscriminada” a cargos públicos locales, lo que, en su opinión, desvirtuaría el proceso. “Lo contrario conllevaría a la investigación como presuntos responsables penales de los homicidios y lesiones imprudentes a los alcaldes de la práctica totalidad de las poblaciones donde se produjeron los hechos, lo que nos situaría fuera del derecho penal”, sostiene.
La magistrada advierte además de los riesgos de atribuir “responsabilidad penal indiscriminada” a cargos públicos locales
En un segundo auto, la jueza rechaza otro recurso de reforma presentado por una acusación particular que solicitaba citar a declarar a un testigo en relación con el papel de la presa de Forata en los fallecimientos ocurridos en el barranco del Poyo. La magistrada insiste en que no existe ninguna conexión entre la presa y la crecida del barranco, desmontando así una de las teorías que han circulado desde el inicio de la investigación.
“Hay que rechazar de plano que los fallecimientos en el barranco del Poyo tuvieran cualquier tipo de relación con la presa de Forata”, afirma, recordando que esta infraestructura no sufrió desbordamiento, coronación ni rotura que pudiera generar un aumento súbito del caudal. La jueza respalda su argumentación en el testimonio de los ingenieros que han declarado en el caso, quienes han descartado cualquier influencia negativa de la presa.
“Estas afirmaciones erróneas eran disculpables en un primer momento de la investigación, pero la insistencia en el presente momento procesal carece de sentido”, señala, añadiendo que esta línea de investigación no solo desvía la atención de los hechos reales, sino que no aporta ningún elemento útil para esclarecer las causas de las muertes.
La magistrada califica de “auténtico bulo” la teoría que vincula la presa de Forata con la tragedia del barranco del Poyo, subrayando que se trata de cuencas diferentes. “Al contrario de lo que se ha sugerido, la presa produjo un efecto netamente beneficioso”, afirma.
Por último, la jueza recuerda que la representación recurrente se ha personado como acusación particular y no como acusación popular, por lo que no tiene legitimación para investigar todos los fallecimientos y lesiones ocurridos en distintos puntos de la Comunitat.
Con estas resoluciones, la magistrada sigue delimitando el ámbito de su investigación, centrándose en las posibles negligencias de las autoridades autonómicas y descartando responsabilidades penales para los cargos locales. El caso sigue abierto, con la exconsellera de Protección Civil Salomé Pradas y el secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, entre los investigados.