El Ayuntamiento de Alicante “ha incumplido su obligación de la prestación de los servicios sociales de atención primaria básica y específica de su competencia, ante la reducción de en torno al 50% de la plantilla de profesionales”. Es el contundente dictamen publicado esta semana por el Sindic de Greuges, el alto Comisionado de las Corts Valencianes para la defensa de los derechos y libertades, tras una larga investigación que, además, no ha contado con la cooperación exigible a la administración local, según resalta el mismo informe.
Ese incumplimiento se ha traducido, añade el dictamen que firma Ángel Luna, defensor del pueblo valenciano desde noviembre de 2019, “en el incremento de las listas de espera para la población más vulnerable y necesitada de la ciudad, generando un gran impacto negativo en la calidad de la atención y carencias en la prestación de servicios”. ¿Qué servicios? Entre otros, el de acogida al ciudadano, el seguimiento y atención a personas con enfermedad mental, el equipo de intervención con infancia y adolescencia, el equipo con personas mayores en riesgo, la atención a entidades de interés social de Alicante o el servicio de mediación.
Son numerosas las quejas relativas a expedientes de dependencia y de renta valenciana de inclusión, en las que la ciudadanía nos manifiesta serias dificultades para ser atendida”
El Sindic señala que “esta situación se viene sosteniendo en el tiempo desde el 1 de enero de 2025, fecha en la que se produjo el cese de la actividad laboral de 192 trabajadores y trabajadoras adscritos a la concejalía de Bienestar Social, cifra que el consistorio cifraba en 175 profesionales en su respuesta al requerimiento de la sindicatura. En marzo, el Sindic solicitó más explicaciones al Ayuntamiento, debido a “la falta de respuesta a gran parte de la información solicitada”. Transcurridos más de cuatro meses desde esa solicitud, “no se ha recibido respuesta alguna, lo que unido a la demora de casi dos meses en la respuesta a la resolución de inicio de investigación”, señala el informe, “evidencia una preocupante falta de colaboración por parte del Ayuntamiento de Alicante”.
Pese a las dificultades debidas al ocultamiento de datos concretos requeridos por la institución, el informe concluye que “el impacto derivado de la interrupción en la prestación de servicios por parte de 175 profesionales reviste una especial trascendencia, al afectar a casi el 50% del personal adscrito a los servicios sociales del Ayuntamiento de Alicante, tomando como referencia una plantilla total de 362 personas, según consta en la memoria de 2023 de la propia Concejalía publicada en la página web municipal”.
Continúa el documento señalando que “difícilmente, una reducción de tal calado puede tener lugar sin consecuencias en la calidad de la atención prestada a la ciudadanía, especialmente en un ámbito tan sensible como el de los servicios sociales”. Y añade que la falta de detalle propiciada por la falta de colaboración de la Concejalía, “impide conocer si determinados barrios, colectivos o programas han resultado especialmente afectados. No obstante, podemos afirmar que son numerosas las quejas atendidas en el Síndic de Greuges, fundamentalmente relativas a expedientes de dependencia y de renta valenciana de inclusión, en las que la ciudadanía nos manifiesta serias dificultades para ser atendida por los servicios sociales”.
El informe señala que el incumplimiento de las ratios profesionales por parte del consistorio alicantino afectó directamente y de manera perjudicial a la prestación de determinados servicios y programas municipales fundamentales y, por ende, a la ciudadanía más vulnerable; entre ellos, niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo o desprotección, personas con enfermedad mental y personas mayores en riesgo.
El informe dice que la situación “no puede considerarse como resultado de una contingencia inesperada”
En sus últimos párrafos, el Síndic resalta que “la situación crítica que atraviesan actualmente los servicios sociales del municipio de Alicante no puede considerarse como resultado de una contingencia inesperada”. Explica que “durante el periodo de vigencia del Contrato Programa 2021-2024, la administración local dispuso de un plazo suficiente para analizar los escenarios previsibles derivados de su finalización y adoptar las medidas necesarias para garantizar la continuidad y estabilidad laboral del personal vinculado al mismo. Su inacción, en cambio, ha generado un grave perjuicio para el funcionamiento ordinario de los servicios públicos, comprometiendo la calidad de la atención ciudadana y evidenciando una deficiente gestión institucional”.
Subraya el defensor del pueblo valenciano “la magnitud y seriedad del escenario que se ha configurado y persiste, atendiendo a la importancia que tienen los servicios sociales que se han visto afectados, precisamente por su carácter esencial y de derecho subjetivo para la ciudadanía alicantina y muy especialmente para aquellas personas en situación de vulnerabilidad o incluso de exclusión social derivada de su dependencia, discapacidad, y carencia de recursos para la cobertura de las necesidades más básicas y primarias”.
Por todo ello, el informe concluye recordando al Ayuntamiento sus obligaciones legales y recomendando “que proceda de manera urgente a la contratación de los profesionales necesarios que garanticen la atención adecuada y de calidad a la población usuaria de servicios sociales”, y que además “evalúe el impacto de la actual situación en la población usuaria de los servicios sociales alicantinos y promueva acciones para paliar las consecuencias generadas y revertir los posibles efectos adversos”.
Por último, el Síndic se dirige a la Conselleria de Servicios Sociales para recordarle su obligación legal “de ejercer las funciones de inspección, control de la calidad y potestad sancionadora para garantizar la prestación de los servicios sociales de atención primaria de acuerdo con las ratios establecidas en la normativa reguladora”. Y le sugiere que intensifique “la vigilancia, supervisión y la evaluación de la calidad en la provisión de los servicios sociales de atención primaria y establezca los mecanismos necesarios para su continuo seguimiento”.



