“La comparación entre el mensaje que se envió el 29 de octubre de 2024 a las 20:11 horas, y el que se envió el 28 de septiembre a las 15:28 horas, es tan significativa como indicadora de la negligencia grosera en que se incurrió”. La jueza que instruye la causa de la dana ha comparado en una resolución la diferente manera en que se gestionó la tragedia del 29-O y la última alerta roja que se declaró el pasado domingo.
Para la magistrada, “la remisión del mensaje se produjo en esta última ocasión con una gran antelación, y los avisos que se dieron recientemente hubieran servido de manera clara para salvar las vidas que se perdieron en la dana del 2024”. La jueza de Catarroja esgrime que “cuando se lee en el mensaje de 2025 'si está en una zona inundable, busque zonas altas o suba a un piso superior', es imposible no valorar las numerosísimas vidas que se perdieron el 29-O andando por la calle, circulando con los automóviles, bajando a los garajes, alguna víctima pereció ahogada en el ascensor”.
En otros escritos Nuria Ruiz Tobarra ya había apuntado que el Es-Alert no solo se envió tarde sino que su contenido, que no exhortaba a subir a pisos altos, era “erróneo”.
La magistrada hace estas apreciaciones en una resolución en la que deniega la solicitud de sobreseimiento libre de la investigación por la dana para la exconsellera de Justicia y Emergencias Salomé Pradas. La juez señala en la resolución, que consta de 23 páginas, que bastaría como fundamentación para rechazar esta petición “el simple hecho de que no se ha agotado la instrucción”, pero precisa que la denegación también se basa en la existencia de “indicios abrumadores de una conducta negligente” por parte de esta investigada.
“La remisión del mensaje se produjo en esta última ocasión con una gran antelación, y los avisos que se dieron recientemente hubieran servido de manera clara para salvar las vidas que se perdieron en la dana”
Así, la instructora detalla a continuación de forma pormenorizada esos indicios y su reflejo en las actuaciones, así como la “posición de garante” que tenía la exconsellera y las “sucesivas omisiones que se produjeron: desde la convocatoria del Cecopi con un evidente retraso” al “insoportable retraso en las alertas a la población, así como la falta de control de los barrancos”.
En esta línea, considera “aplicable en este caso” el término ‘negligencia grosera’, “atendiendo no solo al gravísimo resultado mortal, sino por la parsimonia en la adopción de las medidas y su carácter erróneo”.
La jueza apunta a la “parsimonia en la adopción de las medidas” y a su “carácter erróneo”
En la resolución, cuando habla de las víctimas y la falta de avisos a las mismas, Ruiz Tobarra también apunta que “la pérdida de vidas que jamás se puede achacar a que no se autoprotegieran las propias víctimas”. A lo que añade: “Más de una pereció tras salvar a otras”. Un comentario que parece dirigido al vicepresidente de la reconstrucción Francisco José Gan Pampols que este jueves insistía en las Corts Valencianes en que también fallaron las medida de autoprotección.



