La jueza del juzgado de instrucción número 15 de València ha confirmado el archivo de la causa contra Mónica Oltra, exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana y líder de Compromís. El auto del 15 de diciembre reafirma lo acordado en el fallo del 27 de junio de 2025 en él se acordaba denegar la apertura de juicio oral y el sobreseimiento provisional de la causa respecto de todos los encausados, por lo que ahora la decisión queda en manos de la Audiencia de Valencia. En su argumentación, el magistrado sostiene que las alegaciones efectuadas “no alteran ni desvirtúan los fundamentos jurídicos de la resolución objeto de recurso”.
Asegura en sus razonamientos al auto presentado por una de las acusaciones particulares, Vox, que “no hay asomo ni de la pretendida obligación del instructor de abrir juicio oral a petición de sólo alguna o algunas de las acusaciones personadas ni de la prohibición de que tal sobreseimiento pueda ser provisional”.
El auto apunta que “no existe pues y como pretende el recurrente, ningún mandato de apertura del juicio oral que usurpe, anticipando un determinado posicionamiento, el criterio del instructor al respecto”.
El caso volverá a ser elevado a la Audiencia de Valencia que ya ordenó el procesamiento de Oltra en contra del criterio del juez
A lo que tanto la jueza como el fiscal añaden que no existen indicios delictivos y que las acusaciones tampoco los han precisado de forma individualizada para cada episodio fáctico y cada acusado (Oltra y otros ocho colaboradores).
El asunto, por tanto, volverá a ser elevado a la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial -que ya ordenó el procesamiento de Oltra en una anterior resolución-, al haber formulado las acusaciones recurso de reforma y subsidiario de apelación.
El pasado mes de junio este mismo juzgado, el responsable de la investigación a Oltra, archivó por segunda vez la causa contra la exvicepresidenta del Gobierno valenciano Mónica Oltra y miembros de su equipo en la Conselleria de Igualdad sobre el supuesto encubrimiento de abusos sexuales a una menor tutelada por la Generalitat por parte de su exmarido (hechos por los que fue condenado).
Fue la misma decisión que ya adoptó el Juzgado de Instrucción 15 en abril de 2024, tras dar por concluida la investigación, pero que fue corregida un mes después por la Audiencia Provincial de Valencia, que le obligó a reabrir la causa.

