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¿Vale un perro lo mismo que una maleta? Una mujer lleva a Iberia ante la justicia europea por la desaparición de su perra durante un vuelo a Barcelona

TJUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estudia si un animal de compañía debe tener el mismo valor que una maleta a efectos de indemnización por su pérdida en un vuelo comercial

¿Vale un perro lo mismo que una maleta?

Monika Wisniewska Amaviael

Una mujer argentina ha llevado a Iberia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cinco años y medio después de que la aerolínea perdiera a su perra antes de embarcarla en un vuelo de Buenos Aires a Barcelona. La afectada reclama una indemnización de 5.000 euros, pero la compañía solo está dispuesta a pagar lo previsto para equipaje facturado: un máximo de unos 1.800 euros. Esto ha abierto un gran debate que puede indignar a quienes tienen perros o gatos y saben que sus animales de compañía no tienen precio: ¿tiene un perro el mismo valor que una maleta?

El TJUE estudia ahora si las aerolíneas deben pagar más por la pérdida de un animal que por la de un objeto. “Si la compañía tiene que pagar tres pesetas por matar a un perro, tendrá tantos siniestros de perros como de maletas”, advierte Carlos Villacorta, abogado de la pasajera afectada, en declaraciones a la ACN. Más allá de las cifras concretas, el caso ha abierto un debate jurídico en Luxemburgo sobre el valor que se otorga a los animales, en un momento en que varios países europeos, como España, están reforzando la protección del bienestar animal.

Mona sigue desaparecida

La controversia animalista ha llegado a Luxemburgo por el caso de una ciudadana argentina residente en Barcelona. El 22 de octubre de 2019, Gisel Ortiz, su madre y sus tres perros debían tomar un vuelo desde Buenos Aires con destino a la capital catalana.

Mona, una de las perras de la pasajera, debía viajar en la bodega en un contenedor especial debido a su tamaño y peso. Su responsable la facturó como equipaje, pero sin realizar ninguna declaración de valor especial.

Cuando ya estaban embarcadas en el avión, madre e hija vieron desde la ventanilla cómo el conductor del vehículo que transportaba a Mona dio un volantazo inesperado y la perra se escapó. Tras perseguirla por la pista, el personal logró atraparla, e Iberia tranquilizó a las pasajeras asegurándoles que sería enviada a un centro de acogida de animales.

Mona, la perra desaparecida desde 2019, con su familia

Pero Mona volvió a escaparse. Gisel lanzó una campaña para encontrar a su perra a través de las redes sociales y los medios de comunicación. A pesar de la amplia difusión, Mona sigue desaparecida casi seis años después de que se le perdiera la pista.

Disputa por la indemnización

La familia de Mona ha reclamado a Iberia una indemnización de 5.000 euros por “daños morales”. La compañía admite su responsabilidad en la desaparición de la perra, pero se niega a pagar esa cantidad y se acoge al límite de compensación establecido por el Convenio de Montreal, el marco legal de referencia en la Unión Europea sobre la responsabilidad de las aerolíneas en caso de accidentes o incidentes durante el transporte aéreo internacional de pasajeros, equipaje y carga. Según el tratado, las compañías aéreas deben compensar con un máximo de 1.519 derechos especiales de giro (unos 1.800 euros) por la pérdida de equipaje facturado, siempre que no se haya realizado una declaración especial de valor.

La jueza española que instruye el caso tiene dudas sobre el valor que debe otorgarse a los animales de compañía a efectos de indemnización por su pérdida, especialmente considerando la normativa europea sobre bienestar animal. Por ello, ha presentado una cuestión prejudicial ante el TJUE para que aclare cómo debe interpretarse el Convenio de Montreal en el marco de la legislación europea.

Airbus A320neo de Iberia.

IBERIA / Europa Press

El alto tribunal celebró el miércoles una vista en Luxemburgo para escuchar a las partes y resolverá en los próximos meses si la perra Mona tiene más valor que una maleta de avión.

¿Qué dice Iberia?

“No tiene sentido equiparar a los animales con las personas”, responde la compañía en el escrito presentado ante el TJUE. Desde Iberia trasladan parte de la responsabilidad a los pasajeros que deciden transportar a sus animales en avión: “El propietario, único que comprende plenamente al animal, es quien opta por exponerlo a la experiencia, a menudo estresante y desafiante, de viajar en avión”. Y añade: “Es su responsabilidad prepararlo para el viaje, asumir el riesgo de exponerlo a un entorno inhóspito y garantizar su aptitud veterinaria. Pero lo más importante es que solo él puede valorar el profundo vínculo emocional con su animal de compañía y, por tanto, el daño moral que sufriría si algo le ocurriera durante el transporte”.

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La aerolínea niega considerar a los animales como “cosas”, pero sostiene que fue decisión “unilateral” de la pasajera transportar a Mona como “equipaje” sin realizar una declaración de valor especial. En consecuencia, afirma que debe aplicarse el Convenio de Montreal, que regula los límites de indemnización por pérdida de equipaje. Es decir, a efectos de compensación por su desaparición, la perra tiene el mismo valor que una maleta.

¿Qué opina Bruselas?

Bruselas se posiciona del lado de Iberia, pero esquiva el debate sobre el valor de los animales, limitándose a la argumentación jurídica relacionada con el régimen de indemnizaciones vigente en el sector de la aviación europea.

En su escrito ante el TJUE, la Comisión Europea reconoce que los tratados europeos consideran a los animales como “seres sensibles” y exigen políticas de transporte que tengan en cuenta su bienestar. Sin embargo, señala que esta consideración “no impide” que se les atribuya un “precio o valor” determinado, siempre que se respete su bienestar.

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