Bolaños intenta apaciguar a las asociaciones críticas con la reforma de acceso a la carrera judicial

Proyecto de ley

El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes envía una carta a las siete asociaciones judiciales y fiscales en la que defiende su reforma para dar mayor transparencia al acceso a la judicatura

Bolaños intenta apaciguar a las asociaciones críticas con la reforma de acceso a la carrera judicial

El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños

El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, intenta apaciguar a las asociaciones judiciales y fiscales que se han mostrado críticas con la reforma sobre el acceso de la carrera judicial y fiscal.

En una carta remitida a las siete asociaciones, Bolaños defiende que estas reformas son “imprescindibles para abordar los retos de la Justicia del siglo XXI”. El ministro mantiene que el objetivo de esta norma es “mejorar y modernizar los procesos de acceso, dotarlos de mayor objetividad y transparencia, fortalecer los criterios de mérito y capacidad y, sobre la base de estos criterios, ampliar y fortalecer las carreras y mejorar la calidad del servicio público que ofrece”.

Cinco de las siete asociaciones emitieron la semana pasada un comunicado conjunto en el que advertían que estas reformas suponen “un serio retroceso” en el Estado de derecho y amenaza la independencia judicial y los principios constitucionales. Para estas asociaciones, el proyecto de ley que se va a llevar al Congreso para su tramitación propicia “un acceso arbitrario a la judicatura, restringir la participación democrática en órganos de gobierno y someter instancias clave a criterios partidistas”.

Lee también

Entre los ejemplo aludidos consideran que la eliminación de un examen oral en el turno libre podría haberse incluido “sin tener que rebajar las exigencias de conocimiento”, algo que, sostienen, “supone una vuelta atrás de 30 años y un incremento de la subjetividad en la evaluación”.

Asimismo, rechazan el proceso extraordinario de estabilización de los jueces y fiscales sustitutos al considerar que es “contrario a nuestros principios constitucionales” y a “lo que nos pide Europa”. Argumentan que la convocatoria de un único proceso por carrera, sin número de plazas determinado y basado únicamente en un dictamen práctico y en una posterior fase de méritos, “no asegura la acreditación rigurosa de los conocimientos jurídicos necesarios”.

A todo ello, Bolaños da una explicación en su carta. Explica que en la oposición libre para juez y fiscal, quedan “intactos” tanto el temario como los dos primeros exámenes (es decir, el test y la prueba oral), y se introduce posteriormente un examen

práctico, en forma de dictamen, que permite evaluar la capacidad de razonamiento jurídico y la expresión escrita, en la línea de lo que ya sucede en el resto de oposiciones del mismo nivel (Notarías, Registros o Abogacía del Estado).

“Con el fin de avanzar en transparencia y objetividad de todo el proceso selectivo, se establece que los exámenes orales sean grabados y los exámenes escritos estén anonimizados con anterioridad a su corrección para garantizar su objetividad”, recuerda.

Por otro lado, explica que en el concurso-oposición del denominado cuarto turno, para garantizar también por esta vía la alta cualificación técnica de los candidatos seleccionados, el proyecto de ley invierte el orden de realización de las pruebas de evaluación, que no se modifican en su contenido.

Y sobre el proceso extraordinario de regularización de jueces sustitutos, Bolaños niega que se trate de un vía para abrir las puertas a jueces afines sino que está basado en el cumpliendo los principios de mérito y capacidad. Además, recuerda que con esta medida se pretende cumplir con los requerimientos de la Comisión Europea y la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que reclaman acabar con el abuso de la temporalidad en el empleo público. Apunta que este proceso tiene un contenido y regulación “prácticamente idénticos” a los del concurso-oposición, regulado en la ley orgánica del Poder Judicial desde 1985.

Mostrar comentarios
Cargando siguiente contenido...