Política

La Audiencia de Madrid ha rechazado la denuncia de Hazte Oír contra Cerdán por un supuesto testimonio falso.

Tribunales

La sala estima que el pasado responsable de Organización del PSOE se mostró honesto y que un procesado “posee un derecho constitucional a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable”

Santos Cerdán

Santos Cerdán

La Audiencia Provincial de Madrid ha cerrado la querella presentada por Hazte Oír contra el ex secretario de Organización del PSOE por un supuesto delito de falso testimonio. Hazte Oír presentó la querella contra Cerdán al sostener que había falseado su testimonio durante su intervención en la comisión del Senado que investiga el denominado caso Koldo el 30 de abril de 2024. 

La juez titular del Juzgado de Instrucción 24 de Madrid aceptó la querella para su tramitación. Sin embargo, tanto la Fiscalía como Cerdán interpusieron recurso contra ese fallo. Ahora, la Audiencia Provincial de Madrid ha resuelto dichos recursos otorgando la razón al ex secretario de Organización del PSOE y archivando la querella.

La demanda sostenía que Cerdán incurrió en un ilícito contemplado en el artículo 502.3 del Código Penal por faltar a la verdad en su declaración ante una comisión parlamentaria, al aseverar en su intervención de abril del 2024 que solo mantuvo contacto con Koldo García, ex asesor de José Luis Ábalos, en dos ocasiones entre 2021 y 2023 y que tampoco se había reunido con el comisionista Víctor de Aldama.

Posteriormente se difundieron unos audios integrados en un informe de la policía judicial que confirmaban que Cerdán realmente se relacionó con García y Aldama en aquel tiempo. Pese a ello, la Audiencia de Madrid opina que “en el caso presente, no puede sustentarse que el querellado haya faltado sustancialmente a la verdad en su comparecencia ante la Comisión parlamentaria, por el contenido de unas grabaciones que se contienen en el informe de la UCO”.

Asimismo, el Tribunal afirma que siempre que “la persona testifica  sabiendo que más adelante será investigada, no comete delito de falso testimonio si miente para defenderse de la futura imputación, ya que posee un derecho constitucional a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable”.

“La mentira se interpreta como una estrategia de defensa legítima frente a una futura imputación y exigir la veracidad del testigo en una situación que le compromete penalmente, como así ha sucedido con el querellado con posterioridad a su comparecencia ante la Comisión de investigación del Senado, sería forzarle a renunciar a su derecho a defenderse y a la presunción de inocencia, que deben tener primacía”, puntualiza la audiencia Provincial en la resolución emitida hoy temprano que decreta el sobreseimiento de la querella contra Cerdán. 

Leonor Mayor Ortega

Leonor Mayor Ortega

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Titulada en Derecho (UB) y Periodismo (URL). Diplomada en Estudios Literarios (UB). Cursó el Máster AGT (Esade). Ejerce como redactora de Cultura para Guyana Guardian.

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