La Dirección General de Tráfico (DGT) retrasa la aplicación del registro de los vehículos de movilidad personal (VMP), imprescindible para regular el aseguramiento de dichos vehículos en enero para cumplir con el compromiso de la Ley de sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
La DGT señala que aunque el “desarrollo técnico para el registro de los VMP está ya concluido, actualmente se está tramitando el Real Decreto que dará cobertura jurídica a la inscripción de todas las categorías de los vehículos de movilidad personal”. Añade que, si bien ya han finalizado los trámites de audiencia e información pública, “no será posible su aprobación antes del 2 de enero próximo”.
Mientras se tramita la regulación correspondiente, “no será aplicable la obligación previa de inscribir los vehículos de movilidad personal hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo”. De manera concreta, establece que no será exigible la obligación de aseguramiento “hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo, y pueda realizarse su inscripción”.
No obstante, recuerda la DGT que, según la ley en cuestión, aquellos vehículos de movilidad personal con un peso superior a 25 kg y velocidad por encima de 14 km/h, “deberán estar asegurados sin necesidad de inscripción previa en el registro de vehículos”. Ahora existe un periodo transitorio para el aseguramiento de estos vehículos que finalizará el 26 de enero de 2026, según la disposición transitoria de la ley. Menciona que, tras la aprobación y entrada en vigor del Real Decreto, “todos los vehículos de movilidad personal quedarán obligados a su inscripción en el Registro de Vehículos, mediante un sencillo procedimiento telemático de inscripción a través de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico”.
