Obligan a un supermercado a pagar 45.213 euros a una mujer de 62 años que resbaló con el gel hidroalcohólico del dispensador

En Sevilla

Los hechos ocurrieron en la localidad sevillana de Gines el 19 de abril de 2021 

Una persona usando gel hidroalcohólico.

Gel hidroalcohólico

Getty Images

Un juzgado de Sevilla ha condenado a los supermercados Lidl a indemnizar con 45.213,47 euros a una mujer de 62 años que sufrió una aparatosa caída en el establecimiento de Gines el 19 de abril de 2021. 

Según la sentencia, la causa del accidente fue la presencia de gel hidroalcohólico derramado en el suelo por un dispensador instalado junto a la entrada. 

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La mujer sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura vertebral, y tardó 438 días en recuperarse completamente. En el proceso judicial, la cadena se defendió alegando que el suelo se encontraba limpio y que no existían restos de líquido en la zona del accidente. Incluso insinuó que la caída podría haber sido provocada por problemas físicos previos de la demandante.

En el supuesto de que hubiese existido gel en el suelo, este sería un riesgo previsible del que no podrían hacerse responsables, al considerarlo un incidente dentro de los riesgos normales en la vida diaria.

Una persona usando un dispensador de gel hidroalcohólico.

Una persona usando un dispensador de gel hidroalcohólico

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El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Sevilla desestimó los argumentos de la defensa y dio pleno crédito a la versión de la víctima. El juez basó su fallo en las declaraciones de tres testigos, quienes aunque no presenciaron el momento exacto de la caída, ofrecieron un relato “íntegro, detallado y creíble” sobre las condiciones del lugar.

Sin recipiente para recoger el gel sobrante

Todos ellos coincidieron en que el dispensador estaba elevado y sin recipiente para recoger el gel sobrante, ni alfombra o advertencia alguna que mitigara o señalara el riesgo de resbalón.

La sentencia señala como responsable directa a la gerente del establecimiento, por no haber adoptado las medidas necesarias para evitar un accidente previsible.

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“Era la persona llamada a comprobar que existían las medidas adecuadas para evitar siniestros, así como decidir dónde y cómo se ubicaba el gel hidroalcohólico”, argumenta el juez. La resolución justifica la indemnización a la víctima por la falta de prevención del supermercado.

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