Una mujer arrolla a un grupo de ciclistas, mata a uno y evita la cárcel con una multa de 3.000 euros

En Palma de Mallorca

Los hechos sucedieron en 2018 cuando la conductora arrolló a un pelotón de ciclistas en Capdepera

Los ciclistas forman parte de un conjunto vulnerable en la carretera.

Una mujer arrolla a un grupo de ciclistas, mata a uno y evita la cárcel con una multa de 3.000 euros

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Una conductora que en 2018 atropelló a un grupo de ciclistas en Capdepera, causando la muerte de uno de ellos y lesiones a otros nueve, ha evitado la prisión tras la revisión de su condena. 

La Audiencia Provincial de Palma ha rebajado la pena inicial de tres años de cárcel a una multa de 3.000 euros, al considerar que se trató de una imprudencia “menos grave”.

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Agencias
Las llamas devoran un edificio en el barrio de Campanar, a 22 de febrero de 2024, en Valencia, Comunidad Valenciana (España). Un incendio de grandes dimensiones ha arrasado un edificio de 14 plantas en el barrio valenciano de Campanar. El fuego, originado en el cuarto piso del inmueble, ha generado una gran columna de llamas y una densa humareda que ha afectado a varias plantas del edificio. El 112 ha movilizado diez dotaciones de bomberos, dos SAMU y un SVB hasta el lugar del incendio.

El accidente ocurrió sobre las 9:30 horas del 5 de abril en la carretera Ma-15, cuando la mujer, de 35 años y al volante de un Porsche Cayenne, no advirtió la presencia del pelotón que circulaba entre el arcén y el lado derecho del carril, y finalmente los arrolló.

Durante la investigación, la Guardia Civil realizó varias pruebas de detección de drogas a la conductora en el lugar del siniestro y esta dio positivo en cannabis.

El miedo a una colisión con un vehículo está muy presente entre ciclistas.

El miedo a una colisión con un vehículo está muy presente entre ciclistas

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Sin embargo, el tribunal no halló pruebas concluyentes de que estuviera bajo los efectos del estupefaciente en el momento del accidente, por lo que fue absuelta de ese delito. Además, se descartó que circulara con exceso de velocidad. 

La sentencia inicial fue dictada por el juzgado de lo Penal número 5 de Palma, pero ha sido ahora parcialmente revocada tras el recurso presentado por su abogado defensor, Miguel Ángel Ordinas.

Un vacío legal en el Código Penal

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En su fallo, la Sección Primera de la Audiencia sostiene que “no se describe en los hechos probados una acción de mayor gravedad que esa falta de atención generadora del incumplimiento de las distancias obligatorias”. 

Aunque los jueces admiten que es “difícil entender cómo es posible que la acusada no viera al grupo de ciclistas, cuando la visibilidad es clara y a mucha distancia”, concluyen que la imprudencia no puede calificarse de grave. Por tanto, la mujer ha sido absuelta de siete delitos de lesiones por imprudencia grave y no deberá asumir responsabilidad civil por los heridos leves.

La sentencia evidencia un vacío legal que existía en el Código Penal en el momento de los hechos, ya que, en 2018, solo se contemplaban sanciones penales por imprudencias que causaran lesiones muy graves.

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