Amputan las dos piernas a una niña de 2 años y ahora condenan a la Sanidad canaria a pagar casi 300.000 euros de indemnización por ello

Tribunales

No se aplicó el tratamiento adecuado a la niña, lo que provocó la amputación de sus piernas

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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Servicio Canario de la Salud (SCS) a pagar una indemnización de 273.157 euros

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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Servicio Canario de la Salud (SCS) a pagar una indemnización de 273.157 euros por no haber aplicado el tratamiento adecuado a una niña de dos años. Esta negligencia provocó la amputación de ambas piernas de la menor.

La menor fue ingresada en marzo de 2022 en urgencias debido a unas complicaciones provocadas por una infección. Un mes más tarde, , tras ser trasladada de urgencia a un hospital de Madrid, se procedió a la amputación de ambas piernas a partir de los tobillos por necrosis.

En enero de 2024, el Juzgado estimó parcialmente el recurso de los padres, el pago de la indemnización y el coste de los daños y perjuicios de las futuras intervenciones a las que deberá someterse la paciente para adaptar las prótesis debido a su crecimiento y complicaciones que surjan.

'Pérdida de oportunidad'

Los médicos no suministraron un tratamiento a la menor que es eficaz en un 50% de los casos antes de amputar

Sin embargo, los denunciantes solicitaban 546.314 euros, lo que ha sido rechazado por el TSJC con el voto particular de un magistrado que defendía que se les concediera esta cantidad. El SCS no estuvo de acuerdo con la condena inicial, pero sí proponía como cifra alternativa el pago de 151.233 euros.

El SCS ha aceptado la condena después de que el Consejo Consultivo de Canarias confirmara que se incurrió en “una pérdida de oportunidad” o, lo que es lo mismo, que se pudo haber aplicado en los primeros días un tratamiento con un tipo de antibiótico que es eficaz en un 50% de los casos.

Los dos informes periciales aportados por los padres cifran el éxito en casi un 99% cuando se aplica para tratar el tipo de infección bacteriana, que ya aparecía “de forma inequívoca y con seguridad” en la historia clínica.

El TSJC añade que “posiblemente, de haberse pautado antibióticos a la menor el tercer y cuarto día la evolución hubiera sido favorable “sin que tuviera las fatales consecuencias que sufrió”. Lamentan que los primeros días no se anotara en la historia diversos aspectos “fundamentales” del estado de la menor, como la saturación de oxígeno, temperatura o frecuencia cardiaca”.

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El texto judicial señala que el Consejo Consultivo ha considerado que, dados los síntomas y antecedentes, la menor debía haber sido sometida a diversas pruebas y se le deberían haber pautado antibióticos. La menor sufrió un fallo multiorgánico y el tribunal considera que se “podía haber actuado con mayor precaución”.

El juez que emitió su voto particular incidió en que el origen de lo ocurrido es “la desatención padecida en el Centro de Salud”, donde no fue atendida por un pediatra y recuerda que a partir de ahora deberá someterse a cirugías cada 12 o 15 meses para adaptar sus prótesis.

Además de la indemnización, el juez cree “inexcusable” que la administración abra un expediente a los empleados implicados “para ventilar si han incurrido en dolo, culpa o negligencia grave y entonces habrán de responder dichos empleados del pago y no las arcas públicas”.

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