Una mujer, al no resignarse a la separación de su exesposo, colocó dispositivos de vigilancia en su domicilio, lo que resultó en una sanción económica de 5.400 euros y una prohibición de acercamiento por el lapso de dos años.

En Palma

De acuerdo con la decisión, el comportamiento de la mujer se considera un delito de coacción al tratar de obligar al demandante

Palma de Mallorca, Spain; September 17th 2024: Policia Nacional patrol car with a blue and white design driving on Palma de Mallorca old town by the Cathedral. Represents law enforcement, public safety, and urban security in action.

Policía Nacional en Palma de Mallorca 

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La Audiencia Provincial ratificó la sentencia dictada contra una mujer por un delito de coacciones dirigido a su exesposo, al estimar acreditado que ella no asumió la disolución del vínculo matrimonial, la cual ocurrió en 2022, y que continuó con un patrón de asedio y persecución. 

De acuerdo con el fallo judicial, la mujer investigada llegó a colocar dispositivos de grabación de video en la residencia del individuo, lo reportó de manera continua ante las autoridades judiciales y protagonizó varias situaciones que perturbaron significativamente su paz personal.

Sanción, orden de restricción y compensación económica

El fallo judicial confirma una sanción económica de 5.400 euros, una prohibición de acercamiento por un periodo de dos años y la obligación de abonar una compensación, sin afectar a otros procesos legales que todavía no han concluido.

Según cuenta el diario Última Hora, uno de los episodios más graves ocurrió cuando la mujer accedió a la vivienda de su exmarido en Palma, de la que aún conservaba las llaves por haber sido el domicilio común de ambos. Allí causó varios destrozos y, posteriormente, colocó cámaras de vigilancia con el objetivo de controlarlo. 

Ese mismo día, alrededor de una hora y media más tarde, se trasladó a la Colònia de Sant Jordi, arrendó una embarcación y navegó hacia la playa de Es Carbó, allí encontró al denunciante mientras este se relajaba en su navío con su nueva compañera.

Fachada del juzgado de la Vía Alemania, a 15 de abril de 2024, en Palma de Mallorca, Mallorca, Baleares (España).

Fachada del juzgado de la Vía Alemania en Palma de Mallorca

Tomàs Moyà - Europa Press / Europa Press

Durante el juicio, incluso se llegó a plantear el “más que probable” uso de un elemento telemático para localizar la posición de la barca. Tras la primera condena dictada por un juzgado de lo Penal, la defensa recurrió la sentencia, pero la Fiscalía sostuvo que la actuación de la acusada estaba “movida por el despecho más ominoso” y que había generado “una situación de evidente hostigamiento y malestar, plagado de denuncias cuyas causas acabaron en archivo”.

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La Audiencia Provincial ha apoyado completamente la postura de la Fiscalía y ha desestimado cualquier irregularidad procesal. En su resolución, destaca que el comportamiento de la mujer configura un delito de coacciones al pretender obligar al denunciante “su presencia en diferentes ámbitos de su vida”, sometiéndolo a una “situación de constante hostigamiento y zozobra”.

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