Anulada una sentencia tras insultar el juez a la defensa: se repetirá el juicio

Cambio de magistrado

Apercibió al abogado por tildar una declaración de “cachondeo” y al alegar este último que está en el diccionario, le espetó: “Hijo de puta también”

Palacio de Justicia de Cantabria. Sede del TSJC y Audiencia Provincial y Cantabria

Sede de la Audiencia Provincial de Cantabria y del TSJC 

Europa Press

La Audiencia Provincial de Cantabria ha anulado una sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Santander y ha ordenado repetir el juicio, con un nuevo juez, al “insultar” el titular de este órgano al abogado de la defensa “de forma indirecta”.

Lo resuelve así la Sección Primera de la AP en una resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que la Sala estima el recurso de apelación interpuesto por el acusado enjuiciado, por un delito contra la seguridad vial cometido en mayo del 2024, tras el comportamiento del magistrado y la “pérdida de la imparcialidad”.

Pérdida de imparcialidad

Y es que en la vista oral, en la fase de conclusiones, el letrado defensor se refirió a la declaración de la Guardia Civil como “un cachondeo”, expresión por la que fue apercibido por el juez, a lo que el implicado esgrimió que esa palabra “está en el diccionario”.

Acto seguido, el magistrado le replicó que “hijo de puta también está en el diccionario”, momento en el que ambos se llegaron a enzarzar en una “fuerte discusión”.

Incompatible con el derecho de defensa

“El comportamiento seguido por el magistrado con el letrado de la defensa aparece como incompatible con el respeto al derecho de defensa, llegando incluso a insultarle de manera indirecta al decir 'hijo de puta también está en el diccionario'”, reza la sentencia, consultada por esta agencia.

Así, el fallo de apelación -que es firme- admite el recurso, anula el del Juzgado de lo Penal 2 y las actuaciones desde el inicio del juicio oral, que deberá repetirse y celebrarse por un nuevo juez. 

Hechos enjuiciados

En la sentencia en cuestión, el encausado había sido condenado a un año de prisión y privación del derecho a conducir vehículos durante 25 meses por un delito contra la seguridad privada, al considerarse probado que el 5 de mayo del 2024 circulaba sobre las 6.45 h por la carretera CA-258 de Ampuero a velocidad excesiva (limitada a 50 km/h en esa vía) y con las luces de largo alcance y antinieblas delanteras.

Al llegar a un control de alcohol y drogas, disminuyó la marcha para aumentarla a continuación, invadiendo el carril contrario con una maniobra que obligó a un agente a apartarse “de forma violenta” para evitar se atropellado.

A la fuga

El automovilista incrementó “bruscamente” la velocidad, eludiendo el control, y se dio a la fuga. Fue perseguido por la patrulla de la Guardia Civil, que observó al implicado invadir “repetidamente” el carril contrario, por lo que dos vehículos tuvieron que apartarse de forma “precipitada” para evitar la colisión.

Cuando rebasó el control policial, fue reconocido “sin género de dudas” por uno de los efectivos, que había intervenido en operaciones anteriores con él.

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