Economía

El Gobierno contará con la facultad de establecer topes a los costes para evitar abusos en situaciones de emergencia.

Salvaguarda de los usuarios

Los beneficios impactados no deben exceder el desembolso máximo del ciclo anterior ni superar en un 50% el promedio de ese período de 30 días.

El ministro Bustinduy ratificó que se ha autorizado la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, la cual contempla un subsidio universal por crianza y cuadruplicar el gasto público destinado a vivienda.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes a un real decreto-ley que faculta al Gobierno de España para fijar límites a los precios de bienes o servicios ante escenarios de emergencia que modifiquen de manera extraordinaria la oferta y la demanda. De este modo, se evita que las compañías aumenten sus tarifas de manera desmedida en periodos de crisis, tal como ocurrió con los pasajes aéreos tras la tragedia ferroviaria de Adamuz. Únicamente el Consejo de Ministros tendrá la autoridad para determinar qué contextos califican como emergencia para aplicar dicha restricción, lo cual se formalizará mediante un Acuerdo de Consejo de Ministros que especificará una duración determinada.

El ministro de Derechos Sociales y Consumo, Pablo Bustinduy durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros celebrado este martes en La Moncloa, Madrid 
Pablo Bustinduy, titular de Derechos Sociales y Consumo, durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros celebrado este martes en La Moncloa, Madrid. Dani Duch / Propias

El reciente reglamento altera la redacción consolidada de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios con el fin de establecer un tope tarifario durante tales escenarios de urgencia excepcional. De este modo, el Gobierno tendrá la facultad de regular el coste para que no exceda la cuantía más alta alcanzada por dicho bien o prestación durante los 30 días naturales previos al inicio de dicha coyuntura. 

Asimismo, incorpora un sistema de límite extra: en caso de que el valor más alto alcanzado por este artículo o prestación durante las jornadas anteriores (o sea, la restricción inicial establecida) excediera en más de un 50% el coste promedio en dicho intervalo temporal, el tope de referencia se fijará en esa media de los últimos 30 días incrementada en un 50%. 

Para ilustrarlo con un caso hipotético y concreto, en el supuesto de que un pasaje aéreo Madrid-Málaga haya alcanzado un coste pico de 100 euros durante los treinta días anteriores a la crisis, dicha cifra representaría el límite superior permitido para comercializar esos tickets. No obstante, si el valor promedio del mes previo hubiese sido de 30 euros por trayecto, la cuantía máxima se fijaría en 60 euros (el promedio incrementado en un 50%) en lugar de 100 euros.

Los usuarios podrán exigir la devolución de los importes abonados en exceso, independientemente de la multa impuesta a esta compañía por el aumento ilegal de las tarifas.  

Los usuarios podrán exigir la devolución de la cantidad que han abonado en exceso.

El propósito de esta reforma legislativa, ha señalado Pablo Bustinduy, ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en la conferencia de prensa tras el Consejo de Ministros, es fortalecer la defensa de los consumidores frente a posibles abusos en este tipo de situaciones de emergencia, como las denunciadas por diversas asociaciones de consumidores tras desastres recientes en nuestro país, entre ellos la DANA de Valencia, los incendios de 2025 o, más recientemente, el accidente ferroviario en Córdoba. “Se trata de evitar que se aprovechen las circunstancias de debilidad de la ciudadanía para obtener beneficios, ya que estos incrementos no responden a un alza en los costes, sino a la explotación de eventos imprevistos”, ha aclarado Bustinduy. 

Además, la normativa establece, tal como se indicó previamente, que los escenarios donde se aplicarán límites tarifarios no se restringen a las emergencias de protección civil, sino que incluyen los casos que decida el Consejo de Ministros, siendo esta la única entidad con dicha facultad. En este sentido, la restricción de costes podrá implementarse simultáneamente a la declaración de un área seriamente perjudicada por una emergencia de protección civil, o en contextos distintos como fallos técnicos, accidentes, causas de fuerza mayor o diversos imprevistos ajenos a los consumidores, lo cual se formalizará a través de un Acuerdo del Consejo de Ministros.

Dicho escrito expone además que el Acuerdo del Consejo de Ministros tendrá que definir, por lo menos, un plazo de comienzo y término para los bienes o servicios en cuestión, así como el criterio empleado para topar los precios. La legislación autoriza también al Gobierno a establecer para los distribuidores el requisito de notificar al cliente el coste medio y el más alto anunciado en, como mínimo, los 30 días anteriores. Asimismo, certifica que el control de las alzas de precios siga operativo mientras se mantengan los escenarios de demanda atípica ligados estrictamente al contexto de emergencia. 

El titular de la cartera comunicó además que se ha validado la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, reflejando la firme voluntad de España hacia la sostenibilidad, y ratificó el visto bueno a la ayuda por crianza, el desembolso en hogares públicos y el objetivo de disminuir el índice de peligro de pobreza y exclusión social (AROPE) un 10% (situándolo bajo el promedio de la UE) dando preferencia a acciones para hogares monomarentales, quienes sufren mayoritariamente la precariedad, así como bajar la diferencia de sueldos por género al 10%, recortar las emanaciones de gases de efecto invernadero (GEI) en un 32% y aminorar en un 5% la proporción de localidades que sufren despoblación, junto a diversas iniciativas adicionales.

Noemi Navas Alonso

Noemi Navas Alonso

Ver más artículos

Graduada en Leyes y Ciencias de la Información. Posee una maestría en Periodismo y en Periodismo Jurídico por la UAM/El País. Se desempeñó como cronista de Negocios en Cinco Días y ejerció la dirección de comunicación en ANFAC.

Etiquetas