Condenados a 97 años de cárcel los integrantes de ‘la manada de Zaragoza’
Violencia machista
La víctima identificó a los siete jóvenes de la banda Dominican Don´t Play que la violaron durante dos días, de los que seis han recibido una pena de 14 años, uno más que el séptimo acusado

Audiencia Provincial de Zaragoza.

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado este jueves a los siete miembros de la llamada ‘manada de Zaragoza’ a un total de 97 años de cárcel por violar a una joven en 2020, a la que “denigraron y trataron como un objeto sexual durante dos días”. De ellos, seis han recibido una pena de prisión de 14 años, mientras que el séptimo, juzgado como colaborador necesario, pasará 13 años en la cárcel.
Según la Policía, todos ellos pertenecen a la banda Dominican Don´t Play. Fueron precisamente los agentes quienes descubrieron lo sucedido tras un decomiso de móviles en un operativo contra esta banda latina, momento en el que hallaron varias grabaciones compartidas por Whatsapp en las que se veía a los acusados abusando de la joven en un piso.
Violencia machista
La sentencia asegura que la “denigraron y trataron como un objeto sexual durante dos días”
La sentencia recoge que la chica, que entonces tenía 21 años, fue contactada a través de una red social por uno de los acusados, que le invitó a una fiesta que finalmente no se celebró. Tras encontrarse con él, estuvieron en distintos parques, donde se reunieron con varios acusados más y otras personas y consumieron alcohol y drogas, hasta que acabaron de madrugada en un piso de la capital zaragozana, donde se produjeron los abusos sexuales.
Durante su declaración, la víctima aseguró que nunca consintió las relaciones y señaló uno a uno a los acusados, a los que no denunció entonces por miedo a las amenazas que había recibido. Padece secuelas graves, como ratificaron los facultativos que la tratan desde 2022, y en este tiempo ha sufrido brotes psicóticos y ha tenido que ser hospitalizada varias veces.
La sentencia considera el relato ofrecido por la víctima “de todo punto verosímil, lógico y creíble” y que el argumento que dieron los condenados, asegurando que había existido consentimiento, “se compagina mal con las imágenes que ofrecen las grabaciones”, en las que “se observa claramente una actitud de sometimiento involuntario por parte de la víctima”.
Además de la pena de cárcel, los acusados no podrán comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante 16 años y deberán cumplir 8 años de libertad vigilada. Ante esta sentencia, pueden interponer un recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, el cual se formalizará mediante escrito a presentar dentro de los diez días siguientes a la última notificación.
