La futura ley de alta montaña abarca 144 municipios y excluye 156 de los actuales
Catalunya
Sale a exposición pública el anteproyecto de la norma que deja fuera a la Garrotxa

Sarroca de Bellera, en el Pallars Jussà, uno de los 144 municipios de alta montaña de Catalunya

La nueva ley de alta montaña, que hoy ha salido a información pública por un periodo de un mes, beneficiará a un total de 144 municipios del Aran, la Alta Ribagorça, el Alt Urgell, el Pallars Jussà, el Pallars Sobirà, la Cerdanya, el Solsonès, el Berguedà y el Ripollès, con la financiación de proyectos encaminados a impulsar su economía. La actual legislación, que data de 1983, incluye hasta el momento a los 21 municipios de la Garrotxa y a otros 135 ubicados en diferentes zonas de montaña de Catalunya que ahora quedan fuera, pero que se prevé que “mantengan una consideración preferente en las subvenciones que convoca la Generalitat”. El anteproyecto establece su salida al no tener la consideración de alta montaña.
La futura legislación, presentada hoy por la consellera de Territori, Habitatge i Transició Ecològica, Sílvia Paneque, en Vielha, pretende dar respuesta a la necesidad de disponer de un marco normativo para proteger la especificidad de los territorios de alta montaña que sufren desventajas naturales o demográficas graves. Son enclaves con baja densidad de población, un elevado peso relativo del sector primario y con dificultades orográficas que limitan las comunicaciones y el establecimiento de suelo residencial. El desnivel medio en estas zonas es superior al 30% y su altitud y clima “comportan escollos que no son menores”, subraya el texto de la ley, que también destaca su lejanía respecto a las grandes ciudades y a los corredores de actividad socioeconómica.
Una oficina técnica elaborará un plan de actuaciones estratégicas con una vigencia de seis años
Los 144 ayuntamientos incluidos en el anteproyecto representan el 15,2% del total de municipios de Catalunya, el 28,3% de la superficie y el 1,99% de la población. Dentro de este grupo se propone prestar especial atención al Aran, a la Alta Ribagorça, el Alt Urgell, el Pallars Jussà, el Pallars Sobirà y la Cerdanya.
Si la ley de 1983 nació con la voluntad de promover el equilibrio territorial, la nueva se ha diseñado como una herramienta de fomento económico. Una pata básica de la misma descansará en una oficina técnica de alta montaña, entre cuyas funciones destaca la elaboración de un plan de actuaciones estratégicas cada seis años y la gestión de los instrumentos de gobernanza que establece la norma. También se le encomendará el papel de observatorio para identificar las necesidades más urgentes y evaluar el impacto de las políticas públicas.
El eje central es dicho plan de actuaciones estratégicas para acompañar proyectos innovadores que recibirán financiación. Los ejes que se priorizarán coinciden a grandes rasgos con los que fija la Estratègia del Pirineu, desde los relacionados con la gestión forestal sostenible, la bioeconomía y el silvopastoreo hasta la innovación agroalimentaria o las energías renovables. Territori remarca que pretenden “superar el enfoque de la antigua ley, muy centrada en las infraestructuras físicas, para fomentar el desarrollo social y económico de la alta montaña en base a su singularidad”.
Otro cambio es la transformación del Consell General de l’Alta Muntanya en un órgano con poder de decisión pues hasta el momento era meramente consultivo.
El texto sometido a información pública establece en una disposición adicional que la Garrotxa, a pesar de quedar excluida, pueda beneficiarse de las subvenciones y ayudas que se convoquen en materia de caminos, movilidad y transporte.




