Román Álvarez, perito de automóviles: “A partir de enero de 2026 deberás tener un seguro de responsabilidad civil para tu patinete eléctrico, como si se tratase de un coche o de una moto”
Normativa
La obligación también se aplica a otros vehículos de movilidad personal (VMP)
Los pros y contras que nadie te cuenta de comprarte un patinete eléctrico

A partir de 2026 será obligatorio contratar un seguro si circulas con patinete eléctrico.
Dice una frase atribuida a Heráclito que ‘todo cambia, nada permanece’. Es algo que hemos visto en nuestras ciudades con el auge de los patinetes eléctricos. De ser una rareza se fueron convirtiendo en un elemento más, hasta el punto que ya nos hemos acostumbrado a su presencia. Y con su auge se han multiplicado los problemas: accidentes, multas, cuál es el lugar adecuado para que circulen… Y la próxima novedad vendrá por parte del gobierno, que obligará a tener un seguro de responsabilidad civil por accidentes a partir de 2026.
Una novedad a la que ya se adelantaron ayuntamientos de ciudades como Palencia, Badalona, Mahón o Zaragoza. Pero ahora el seguro será obligatorio a nivel estatal. Román Álvarez Vijande es perito de automóviles y, en su perfil de Instagram (donde cuenta con más de 19.000 seguidores), ha publicado un vídeo dónde explica las novedades que llegarán a partir de 2026 con los seguros obligatorios para patinetes eléctricos. Y advierte: “No solo será para patinetes, sino también para vehículos de movilidad personal”. Las bicicletas eléctricas tipo ‘speed pedelec’ también deberán tener seguro obligatorio. No así las bicicletas eléctricas normales, aunque es del todo recomendable contar con uno.
Román nos recuerda que a partir del 1 de enero de 2026 todo cambiará: “La nueva ley de seguros nos dice que a partir de esta fecha tendrás que contratar un seguro”, explica. A efectos prácticos, el patinete eléctrico será “como si se tratase de un coche o de una moto”. Un avance en seguridad y tranquilidad para todos, desde peatones a conductores, pasando por los usuarios de patinetes eléctricos, claro está.
La DGT describe los patinetes eléctricos como ‘vehículos personales ligeros’ y todos los que entren bajo dicha consideración estarán obligados a disponer del seguro. Tráfico aclara en su web que son “vehículos de motor que pueden alcanzar una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kg o una velocidad máxima entre 6 y 14 km/h si su peso es superior a 25 kg”.

Desde 2026 y gracias al nuevo seguro, se llevará un inventario de todos los patinetes eléctricos que se usen en España: “A partir de entonces también la DGT llevará un registro de todo este tipo de vehículos. Lo malo de todo esto que vas a tener que pagar por un seguro. Pero lo bueno es que, si causas daños a un tercero, vas a estar cubierto por este seguro”, asegura el perito Álvarez Vijande.
Por cierto, que no acaba aquí la cosa. La DGT lleva expidiendo un certificado de uso desde enero de 2024 para cada patinete nuevo que se vende en España. Así se asegura de que son aptos para circular y cumplen con todos los requisitos en materia de seguridad y especificaciones. Sin embargo, los patinetes vendidos antes de esa fecha solo podrán circular hasta el 22 de enero de 2027. A partir de entonces, si no están certificados por la DGT, no podrán circular de ningún modo. Puedes consultar el listado completo en la página web de la DGT.

