El exsecretario de organización del PSOE Santos Cerdán ha pedido hoy al juez del Tribunal Supremo que le dejen en libertad después de cuatro días que se acordó su ingreso en prisión incondicional y sin fianza por riesgo a que destruya pruebas.
En su recurso contra el auto de prisión, su abogado Benet Salellas acusa al instructor Leopoldo Puente de buscar una “confesión” de Cerdán sin que existe una riesgo real de destruir pruebas, tal y como se alegó para acordar la prisión.
Compara lo que están haciendo con Cerdán con lo que ocurrió con el empresario Víctor de Aldama, quien después de dos meses encarcelado confesó que había pagado mordidas al exministro José Luis Ábalos y apuntó a otros dirigentes políticos.
“Como mínimo uno de los investigados en el procedimiento matriz de esta causa especial fue ingresado en prisión y posteriormente, al confesar su participación en varios delitos y proporcionarle material investigador a la acusación pública, fue puesto en libertad. Este antecedente tan cercano procesalmente nos lleva a interrogarnos si alguien puede haber solicitado la medida de prisión provisional a la espera de provocar de Santos Cerdán una confesión”.

Llegada del exsecretario de organización del PSOE Santos Cerdan al Tribunal Supremo antes de ser enviado a la cárcel
El exnúmero 3 del PSOE y mano derecha en el partido del secretario general, Pedro Sánchez, hasta hace unas semanas mantiene como línea de defensa que la causa por la que ha acabado en la cárcel está construida artificialmente y se trato de una persecución política.
Por eso acusa al magistrado de abrir una “causa general contra él. “No hay duda que estamos ante una causa general contra el Cerdán y que el objetivo es investigar 'para ver si' finalmente aparece un indicio sólido que lo relacione con alguna actividad delictiva”.
El letrado señala que Leopoldo Puente no concreta en el auto de prisión cuáles son las fuentes de prueba que se pretenden proteger con la adopción de la medida de prisión provisional, después de justificar la cárcel con riesgo a destruir pruebas, lo que supone no solo documentación, sino dinero y evitar que se intenten manipular testimonios de testigos u otros investigados.
“El fundamento jurídico es tan extraordinariamente vago y abstracto que lo que viene a ser es una suerte de argumento circular en el que se pretende proteger unas alegadas fuentes de prueba que no son más que la constatación de la inexistencia de fuentes de prueba contra Cerdán”, sostiene.
“La indeterminación de qué fuentes quiere proteger no es una mera omisión del órgano jurisdiccional, es la certificación que no se sabe donde están las pruebas precisamente porqué estas pruebas no existen”, añade.
Para el letrado, es falso la tesis del juez de enviarle a la cárcel por desconocer el alcance de su patrimonio. Explica que el atestado de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil entregado al juez con los indicios contra él contiene un listado de cuentas corrientes.
A su juicio, el magistrado “omite” que no se ha encontrado en el patrimonio de Cerdán un enriquecimiento ni tampoco un incremento de su patrimonio durante los últimos años” y que esto no concuerda con la tesis delictiva”. Por lo tanto, considera que el juez confunde “querer encontrar pruebas” con “tener a su disposición las pruebas”.
Acusa al juez de “creatividad judicial”
Asimismo, Puente dice que Cerdán tenía el papel en la trama de reclamar el dinero de las mordidas a las constructoras que previamente se habían favorecido con una adjudicación amañada. “Sin embargo, no consta comunicación alguna entre Cerdán y las constructoras ni tampoco la existencia de pagos, reclamaciones, cobros o transmisión alguna de activos entre él y dichas empresas adjudicatarias”, añade.
Además, ha querido aclarar que la empresa que se vincula a Cerdán, Servinabar, “no es adjudicataria de ninguna de las obras investigadas”. “Por lo tanto, nuevamente, el órgano judicial construye sobre la nada y pretende proteger unas fuentes de prueba sin saber qué pruebas defiende”, apunta.
Asimismo, entra a valorar el primer cálculo realizado por el juez de unas mordidas que ascenderían a los 5 millones de euros en caso de que la comisión fue de un 1%, cantidad que el magistrado se basa en meras hipótesis. “Se habla de 1% por mera 'creatividad judicial', dicho con el máximo respeto, porqué nada hay en la causa que permita establecer este porcentaje, de hecho, ni este ni ninguno”, advierte Salellas.
Por tanto a su juicio, de este argumento “se desprende un claro voluntarismo en la construcción de una hipótesis acusatoria pero no se llega a concretar cuál es la base que sustenta esta hipótesis en cuanto a las fuentes de prueba”.
Lo que demuestra la investigación, según la defensa, es que los investigadores no han encontrado nada extraño en el patrimonio de Cerdán y en vez de tenerlo en cuenta a favor de su presunción de inocencia “se resuelve en el sentido de presumir que debe existir un patrimonio oculto y que esa ocultación pendiente de desvelar es lo que justifica la pretendida medida de prisión provisional, toda una inversión radical de nuestro sistema de garantía procesal”.