Las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE), Dean Spielmann, sobre la ley de Amnistía suponen más una victoria política sobre la tramitación y motivaciones de la norma para el Gobierno y los partidos independentistas que la aprobaron que una victoria judicial para los encausados del procés.
Los integrantes de los CDR deberían ser amnistiados
A la espera de lo que decida el TJUE —las opiniones del abogado no son vinculantes pero suelen orientar las sentencias—, las conclusiones del letrado son particularmente positivas para las 12 personas que todavía esperan juicio por la causa de los denominados CDR acusadas de pertenencia a organización terrorista y tenencia, depósito y fabricación de sustancia o aparatos explosivos inflamables de carácter terrorista.
Cuando se aprobó la amnistía, la Audiencia Nacional en lugar de aplicarla envió unas cuestiones al TJUE al entender que la ley contraviene “gravemente” la directiva de la UE contra el terrorismo y “supone enviar un mensaje hacia el futuro en el sentido de que los delitos de terrorismo pueden ser perdonados cuando la intencionalidad de los mismos esté en línea con los intereses políticos de quien dicta la ley de amnistía”.
Al respecto, Spielmann señala que la ley del olvido penal no es contraria a la directiva europea antiterrorismo ya que “cumple los estándares jurisprudenciales establecidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos” y no incluye entre los delitos perdonados aquellos que supongan violaciones graves de derechos humanos, principalmente las infracciones de los derechos a la vida y a la integridad física, que excluye explícitamente.
De confirmar-se estas apreciaciones por el Alto Tribunal europeo, algo que podría ocurrir antes de finalizar el año, la Audiencia Nacional no tendría más margen que amnistiar definitivamente a los 12 acusados de terrorismo por pertenecer a los CDR.
La causa contable del Tribunal de Cuentas
Otros encausados que se podrían ver beneficiados si el TJUE ratifica las opiniones de Spielmann son la treintena de ex altos cargos del Govern, entre ellos los expresidentes Carles Puigdemont y Artur Mas, a quienes el Tribunal de Cuentas (TdCu) reclama 3,1 millones de euros por uso indebido de fondos públicos por los gastos del referéndum del 1-O y la acción exterior de la Generalitat.
El organismo de fiscalización contable también elevó la cuestión al TJUE al dudar de la compatibilidad de la amnistía con el “principio de la lucha eficaz y disuasoria contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión Europea” y el “principio de cooperación leal”.
Al respecto, el letrado del TJUE rechaza que exista “un vínculo directo” entre los gastos del procés “y la reducción, actual o potencial, de los ingresos puestos a disposición del presupuesto de la Unión”.
No hay, ni se esperaba, pronunciamiento sobre la interpretacion de Supremo sobre la malversación
Lo que no hace el abogado, porque nadie se lo ha pedido, es pronunciarse sobre la interpretación que hace de la malversación el Tribunal Supremo para rechazar la amnistía a los líderes del procés. Es decir que estos incurrieron en lucro personal, circunstancia que la ley excluye expresamente del olvido penal, al no poner de su bolsillo los fondos para costear el referéndum del 1-O. A esa doctrina, se podría agarrar el Tribunal de Cuentas para rechazar la amnistía a la treintena de ex altos cargos del Govern que están a la espera de la sentencia o de la extinción de la causa.
Por todo ello, las conclusiones del letrado, aunque se confirmen, no suponen ningún cambio en la situación de Puigdemont, Junqueras y otros exconsellers, quienes deberán esperar a que se pronuncie el Tribunal Constitucional en respuesta a los recursos de amparo que han presentado, lo que está previsto que ocurra en el primer trimestre del 2026.
Aval político a la ley
Lo que sí hace el abogado del TJUE es dar un aval político a la ley de Amnistía en la línea del Tribunal Constitucional y en contra de las tesis expresadas por distintos tribunales españoles, el PP y Vox, las partes que han actuado como acusación en las distintas causas e incluso el abogado de la Comisión Europea, el español Carlos Urraca, quien en julio puso en duda la compatibilidad con los valores de la UE de “conceder una amnistía a cambio del apoyo a la investidura de un gobierno” y tachó la norma de “autoamnistía”, cuestiones que el letrado rechaza.
En este sentido, Spielmann destaca que la ley es fruto de un procedimiento parlamentario regular tramitado en el seno de un sistema democrático pluralista y no el resultado de un acto unilateral impuesto por un poder autoritario, sino de un debate y de una votación democrática en las Cortes Generales”. Insiste en que “su aplicación no se sustrae al control judicial” y que “el objeto mismo de la Ley desmiente cualquier asimilación con una autoamnistía”. “No pretende, pues, proteger a un régimen político o a sus representantes frente a posibles actuaciones judiciales, sino dar respuesta a una situación excepcional con un objetivo declarado de normalización institucional y reconciliación”.
Objeciones menores
El abogado también pone algunas objeciones a la norma pero de cariz claramente menor como el plazo de dos meses que la ley da a los jueces para aplicarla —se aprobó hace casi un año y medio— o que las acusaciones populares no puedan recurrir el archivo de las actuaciones.


