La presencia de cargadores eléctricos para vehículos en viviendas particulares es cada vez más habitual, tanto en garajes unifamiliares como comunitarios. Esta evolución hacia una movilidad más sostenible plantea dudas razonables sobre cómo afectan estos dispositivos al seguro del hogar y qué precauciones conviene tomar para estar bien protegido.
En primer lugar, es importante distinguir el tipo de cargador instalado. Cuando se trata de un punto de carga fijo, este se considera parte del continente de la vivienda, es decir, de sus instalaciones fijas. En este caso, para que quede correctamente cubierto, debe incluirse dentro del capital asegurado del continente. Si no se comunica su instalación, existe el riesgo de que el valor real de la vivienda esté infrasegurado y, en caso de siniestro, la indemnización no sea suficiente.
Si el cargador sufre daños por causas habituales cubiertas por el seguro del hogar —como una sobrecarga eléctrica, un cortocircuito, un incendio, una tormenta eléctrica o incluso actos vandálicos—, su reparación o sustitución puede estar cubierta, siempre que esté declarado y correctamente valorado en la póliza. Por eso, avisar a la aseguradora tras la instalación no es un mero trámite, sino una forma de garantizar que la protección se ajusta a la realidad de la vivienda.
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En lo que respecta al robo, la cobertura dependerá en gran medida del lugar en el que esté instalado el cargador
En cambio, si hablamos de cargadores portátiles o enchufables, que no forman parte de la instalación fija y pueden trasladarse, estos suelen considerarse contenido, al igual que otros aparatos eléctricos del hogar. En este supuesto, conviene revisar que el capital asegurado para el contenido sea suficiente para cubrir su valor en caso de robo, daño eléctrico o siniestro.
Avisar a la compañía es interesante para evitar sorpresas con el cargador eléctrico.
En lo que respecta al robo, la cobertura dependerá en gran medida del lugar en el que esté instalado el cargador. Si se encuentra en un espacio cerrado y de uso privativo —como un garaje individual—, el seguro de hogar suele cubrir este tipo de siniestro, siempre dentro de los límites y condiciones de la póliza. Sin embargo, si el cargador está ubicado en un garaje comunitario o en una zona común abierta, la cobertura puede estar limitada o incluso excluida, por lo que resulta imprescindible revisar el condicionado del seguro para conocer exactamente en qué supuestos existe protección.
Más allá de los daños materiales, hay otro aspecto especialmente relevante: la responsabilidad civil. Un fallo en el cargador o en su instalación podría ocasionar daños a terceros, como un incendio que afecte a otras viviendas o a vehículos estacionados en un garaje comunitario. En estos casos, contar con una cobertura adecuada de responsabilidad civil es fundamental para proteger el patrimonio familiar. No obstante, será necesario analizar el origen del siniestro para determinar si la responsabilidad recae en el asegurado, en la empresa instaladora o en un tercero, ya que de ello dependerá quién deba asumir las posibles reclamaciones.
En definitiva, informar a la aseguradora, ajustar los capitales asegurados y comprobar que se incluyen coberturas como daños eléctricos y responsabilidad civil permitirá disfrutar de la movilidad eléctrica con total tranquilidad. En este sentido, se recomienda revisar periódicamente el seguro del hogar para adaptarlo a las nuevas tecnologías y usos de la vivienda.
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Sergio López es Director de Seguros de Particulares de Occident. Más información en www.occident.com
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