El error de una empresa al querer transferir dinero desde una de sus cuentas a otra cuenta de la misma empresa de otra entidad bancaria ha terminado con 130.000 euros en manos ajenas. La operación era sencilla: una simple transferencia bancaria. Sin embargo, cuando se dieron cuenta, el dinero ya no estaba y el caso ha terminado el Tribunal Supremo. Así se desprende de la información publicada por el diario Sur.
Los hechos ocurrieron el 30 de octubre de 2017. Ese día, la empresa Alvisa Prescast Factory, S.L. (hoy conocida como Alvipre Factory, S.L.) ordenó a la oficina de Bankinter S.A., en la que tenía una cuenta bancaria, transferir 130.000 euros a otra cuenta que la misma empresa tenía también a su nombre en Caixabank.
Una orden sencilla acabó en una gran pérdida. Tal y como se desprende de la sentencia a la que ha tenido acceso el citado medio, el dinero se ingresó el día 31 de octubre de 2017 a las 1:12 horas e3 la madrugada en la cuenta señalada. Sin embargo, la transferencia se hizo a una cuenta del Banco Sabadell, S.A, no de Caxabank, por lo que el dinero terminó en manos de otra empresa: Lleida Elevación, S.L., con la que la compañía afectada por el error había mantenido una relación comercial tiempo atrás.
Descuido
Por error, el dinero se transfirió a la cuenta bancaria de un banco distinto al que se debía
En la sentencia se lee que el mismo día que se cometió el error, la empresa afectada se puso en contacto con la directora de Cuenta Empresa Bankinter por correo electrónico, quien solicitó la retrocesión de la operación. Sin embargo, en ese momento ya era demasiado tarde. Y es que el mismo día en el que la empresa receptora del ingreso vio el dinero en su cuenta, ya llevó a cabo hasta 13 pagos con un importe total de 95.345 euros. El día siguiente, Lleida Elevación, S.L.1 transfirió otros 34.170 euros.
Por estos hechos, la empresa afectada demandó a la compañía receptora por apropiación indebida y también pidió que el banco Sabadell les indemnizara con 130.000 euros por los daños y perjuicios causados por responsabilidad extracontractual.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 21 de Zaragoza y la Audiencia Provincial desestimaron sus peticiones. Ambos tribunales coincidieron en que el banco Sabadell no tuvo ninguna responsabilidad en estos hechos, ya que la transferencia se llevó a cabo conforme al identificador único (IBAN) facilitado por la empresa afectada. Los magistrados coincidieron en que Alvipre Factory, S.L. fue la única responsable del error.
Tras estas sentencias, la empresa afectada recurrió. Sin embargo, el Tribunal Supremo subraya que las entidades bancarias deben procesar las transferencias basándose únicamente en el identificador único facilitado por el ordenante y que no existe una obligación legal de comprobar la coincidencia del nombre del beneficiario con el titular de la cuenta.