Un jubilado casi tiene que pagar 19.000€ a la Seguridad Social italiana por ayudar unas horas a su primo en una pescadería: “Pérdida del año de pensión”

Casos

Angelo Menapace nunca imaginó que echar una mano a la familia en la pescadería le iba a costar tanto

El jubilado se ha visto

El jubilado se ha visto “salvado” por una decisión judicial.

Image by ElenaBergamini from

Angelo Menapace, panadero jubilado en Italia, nunca imaginó que ayudar a su primo le pudiese costar una multa de 19.000 euros y la pérdida de un año de pensión. Sin embargo, ha estado a punto. El pensionista se vio envuelto en un complicado lío judicial con el Istituto Nazionale della Previdenza Sociale (INPS), la principal institución de seguridad social de Italia cuando sólo pretendía echarle una mano a su primo en la pescadería y sacarse un dinero extra para complementar su pensión.

Menapace ayudó a su primo en su pescadería durante exactamente 30 horas durante un mes. Por ese trabajo, ganó 280 euros. Tras descubrirlo, el INPS le ha puso una multa de 19.000 euros, bajo una orden sobre la norma de la pensión de la denominada ‘Cuota 100’, una medida temporal de jubilación anticipada que permitía a los trabajadores retirarse si la suma de su edad y años de cotización era 100, específicamente a los 62 años de edad y 38 años de aportes, vigente aproximadamente desde 2019 hasta finales de 2021.

El debate judicial

Como era de esperar, el pensionista llevó el asunto ante los tribunales. Sin embargo, el INPS no cejó en su empeño, lo que llevó a Menapace a presentar su caso ante otras sedes judiciales e incluso ante el Presidente de la República, quien rechazó tomar medida alguna, según sus representantes.

El abogado del jubilado, Giovanni Guarini, explicó en qué consistía la sanción de la orden del INPS: si una persona jubilada bajo el sistema de pensiones de la denominada ‘Cuota 100’ se incorpora de alguna manera al entorno laboral, pierde la totalidad de la pensión. Sin embargo, este texto, tal y como afirma el abogado, carece ya de valor jurídico.

GRAFCAV6604. BILBAO, 18/11/2025.- Tres pensionistas dan un paseo este martes. La presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), Cristina Herrero, ha advertido hoy que será el supervisor fiscal el que decidirá el calendario y la metodología que utilizará para elaborar el informe adicional sobre la reforma de las pensiones encargado por el Gobierno. EFE/Luis Tejido

Como era de esperar, el pensionista llevó el asunto ante los tribunales.

LUIS TEJIDO / EFE

Una afirmación que hace orgulloso después de que El Tribunal Constitucional de Italia haya emitido su sentencia con referencia al caso hace unos días. La Corte Constitucional se pronunciaba después de intervenir a petición del Tribunal de Rávena, quien había declarado inconstitucional la interpretación del Tribunal de Casación sobre la norma de la pensión de la Cuota 100, según la cual una persona jubilada que esté bajo dicha norma y trabaje como subordinada puede recibir la sanción, aunque no esté prevista por ley.

“El Tribunal de Rávena argumenta que es inconstitucional porque priva a los pensionistas de los medios mínimos de subsistencia”, aclaró Guarini, que explica que el Tribunal Constitucional considera que considera la cuestión “inadmisible”, ya que la sentencia del Tribunal de Casación que establece que la consecuencia es la pérdida de la totalidad del año de pensión no excluye la posibilidad de considerar otras interpretaciones conformes con la Constitución.

Personas mayores, centro de mayores, jubilados, jubilado, jubilación, informática para mayores, pensión, pensionistas, anciano , ancianos, actividades, ordenador, internet. ARCHIVO.

El caso de Menopace sirve de precedente.

EUROPA PRESS / Europa Press

Además, el Tribunal Constitucional también hace un importante añadido para dar mayor peso a su sentencia. Como apunta Guarini, el caso tiene otros precedentes judiciales que no tuvieron en cuenta la norma. “Incluso después de la sentencia del Tribunal Supremo, hubo sentencias de jueces de primera instancia que no la tuvieron en cuenta”, dice, citando al Tribunal de Apelación de Trento y el Tribunal de Rovereto, donde también se presentó el caso.

La decisión del Tribunal Constitucional supone un paso importante no solo para Menapace, sino también para muchos jubilados en su misma situación. Como aclara el abogado, el Tribunal Constitucional ha dado “esperanza a los jubilados”, porque ya existe un precedente. “Si un juez considera que la ley puede interpretarse de forma coherente con la Constitución, puede hacerlo de ahora en adelante, incluso si existe el precedente del Tribunal Supremo”.

Qué pasa en España

Situaciones similares han ocurrido en España, donde la normativa también es estricta por parte del Instituto de la Seguridad Social (INSS), que han terminado en los tribunales con algunos de sus pensionistas. Sin embargo, los fallos se basan normalmente en que la actividad laboral no fue comunicada, o que la modalidad de trabajo no era compatible con el régimen de pensión. En estos casos, la ley exige que la persona solicite la compatibilidad entre pensión y trabajo, si existe esa posibilidad; o se abstenga de trabajar si no puede compatibilizar.

Horizontal

Pensionistas y jubilados llevan años reivindicando unas pensiones públicas dignas y una mejor atención en las residencias de mayores. EFE/LUIS TEJIDO

Luis Tejido / EFE

Uno de los casos más recientes es el de un jubilado que impartía clases particulares “esporádicas” a través del régimen de Clases Pasivas, y simultáneamente trabajaba como autónomo preparando opositores. Mientras, cobraba una pensión por incapacidad permanente. No comunicó su actividad, pese a que ya había sido advertido. Tras ser descubierto, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid le exigió devolver a la Seguridad Social 58.678,38 euros con respaldo judicial, pues había vulnerado el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas y la normativa de la Seguridad Social.

Si no se respetan estos requisitos, se puede poner en riesgo la pensión recibida. Continuar trabajando puede suponer la imposición de una sanción de miles de euros o la pérdida de la pensión si no se ajusta a las normas de compatibilidad.

Mostrar comentarios
Cargando siguiente contenido...