¿Por qué ha condenado el Supremo al fiscal general? La nota de prensa vuelve a escena

Polémico fallo

Álvaro García Ortiz habría revelado información que conocía por razón de su cargo y que no debía divulgarse

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a su salida del Tribunal Supremo, a 12 de noviembre de 2025, en Madrid (España). García Ortiz está acusado de un presunto delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz

Diego Radamés - Europa Press / Europa Press

¿Por qué ha condenado el Supremo al fiscal general, Álvaro García Ortiz? De momento, solo se sabe que la resolución judicial es condenatoria y que García Ortiz cometió un delito de revelación de secretos por el que quedará inhabilitado para ser el máximo representante de la Fiscalía por un periodo de dos años. El fallo del Alto Tribunal se ha hecho público este mediodía, pero todavía se desconoce el cuerpo de la sentencia por lo que son muchas las dudas que planean entre la opinión pública.  

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No obstante se empieza a vislumbrar que la condena podría estar relacionada con un un correo electrónico y una nota de prensa sobre Alberto González Amador, novio de la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, que García Ortiz reconoció durante el juicio haber redactado y que se hizo pública la mañana del 14 de marzo de 2024, según apuntan fuentes jurídicas.    

Esta tesis se sustenta en el hecho de que García Ortiz ha sido condenado “como autor de un delito de revelación de datos reservados, artículo 417.1 del Código Penal”, según indica el fallo. Ese precepto establece: “La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años”.

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García Ortiz podría haber incurrido en este tipo delictivo al dictar, entre otras cosas, la mencionada nota de prensa porque tuvo conocimiento de la situación de González Amador por razón de su cargo y porque la información sobre la pareja de Ayuso no debería haber sido revelada al pertenecer a la esfera de su intimidad.

¿Qué decía la polémica nota? Ya en el encabezado se citaba a González Amador con nombre y apellidos, pese a que lo habitual en estos casos es anonimizar los textos tachando los nombres de los implicados: “Aclaraciones de la Fiscalía Provincial de Madrid sobre la denuncia contra Alberto González Amador por delitos de defraudación tributaria y falsedad documental”, titulaba la nota. 

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l fiscal general, Álvaro García Ortiz, a su salida este jueves del Tribunal Supremo donde ha tenido lugar otra sesión del juicio que podría quedar visto para sentencia este jueves después de que las partes hayan emitido sus conclusiones e informes definitivos.

En el texto de ese comunicado de prensa se detallaba que se habían abierto “diligencias de investigación penal en la sección de Delitos Económicos de la Fiscalía por hechos que podrían ser constitutivos de delitos de defraudación tributaria y falsedad documental” contra González Amador. También se relataba que el abogado del novio de Ayuso había propuesto “un pacto con el Ministerio Fiscal a fin de reconocer los hechos delictivos y conformarse con una determinada sanción penal”.

Y se añadía que el fiscal encargado del asunto había interpuesto “una denuncia contra González Amador y otros por delitos de defraudación tributaria y falsedad documental”. Además, se daban otros detalles de las conversaciones entre la Fiscalía y el abogado de la pareja de Ayuso.

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Durante el juicio contra García Ortiz, que se sustanció en el Supremo la semana pasada, la defensa del fiscal general, ejercida por el abogado del Estado, trató de probar que el hecho de que en esa nota se incluyesen el nombre y la situación penal de González Amador no suponía una revelación de secretos porque algunos periodistas disponían con anterioridad de esa información.

Sin embargo, el Tribunal puede haber concluido que no hay pruebas de que los periodistas, que también declararon en el juicio como testigos, tuvieran en su poder la literalidad del correo antes de que se publicase la nota de prensa por fuentes distintas a la propia Fiscalía. Es decir, que tuvieron conocimiento del contenido pero no de todo en su conjunto, que sí quedó desvelado en la nota.

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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz

Cabalar / EFE

Habrá que esperar a conocer el contenido completo de la sentencia. Lo que ya es seguro es que García Ortiz no seguirá en el puesto de fiscal general, que deberá abonar las costas del proceso y una indemnización de 10.000 euros a González Amador por daños morales y que además deberá cumplir una pena de multa de 7.200 euros. 

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