Ingreso Mínimo Vital: condiciones para percibirlo si tienes más de 23 años y resides en el hogar paterno.

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Este subsidio, que se puso en marcha hace cinco años, favorece a cerca de 2,5 millones de habitantes en España. 

Una estudiante en la puerta de una universidad

Una estudiante en la puerta de una universidad 

Dani Duch / Guyana Guardian

Las Claves

  • El Ingreso Mínimo Vital ha beneficiado a tres millones de personas en España para mitigar la pobreza y exclusión social.
  • Los adultos mayores de ve

A partir de su implementación en junio del 2020, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha beneficiado a una cifra superior a los tres millones de ciudadanos en España. No obstante, el Gobierno afirma que su repercusión en la sociedad sería más amplia, ya que numerosos individuos que reúnen las condiciones necesarias no lo piden por falta de información. Entre estos grupos se encuentran los adultos de más de 23 años que residen con sus progenitores, quienes en ciertas situaciones tendrían la posibilidad de percibir la ayuda, de acuerdo con lo establecido en la normativa de dicha política. 

Conforme a las estadísticas gubernamentales, alrededor de 2,5 millones de personas (800.000 hogares) en España obtienen esta subvención destinada a mitigar la amenaza de pobreza y marginación social de individuos solitarios o agrupados en núcleos familiares. El ingreso al IMV puede realizarse de manera particular o como integrante de un grupo de convivencia, que percibirá la ayuda por medio de un único titular. 

Desde los 23 años, excepto en casos particulares. 

¿Cuál es el requisito de edad mínima para acceder al IMV?

Por norma general, tienen la posibilidad de recibir la ayuda de forma independiente quienes cuenten con 23 años o más, incluso si habitan en el mismo hogar que un grupo familiar, “no se integren en ella”, de acuerdo con lo señalado por la Seguridad Social. Del mismo modo, no deben estar vinculados por matrimonio, constituir una pareja de hecho ni estar integrados en otro núcleo de convivencia. 

Para aquellos individuos que tengan entre 23 y 29 años, se requiere que hayan mantenido una residencia legal y efectiva en España y que hayan habitado de forma autónoma durante al menos los dos años previos a la petición, a menos que se trate de víctimas de violencia de género o personas en procesos de separación o divorcio. 

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De este modo se define el esquema de los beneficios para el 2026, a la espera de la decisión del Congreso.

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Para los individuos que superen los 30 años, será necesario certificar que, en el transcurso del año previo a la petición, su residencia ha sido diferente a la de sus progenitores, tutores o acogedores, a menos que el cese de la vida compartida se debiera al fallecimiento de los mismos. Igualmente, las personas de entre 18 y 22 años tendrán acceso a la subvención si proceden de instituciones de acogida para menores o si son huérfanos absolutos (siempre que habiten de forma independiente).

Asimismo, tienen derecho a percibir el beneficio los responsables de un núcleo de convivencia (adultos o menores de edad emancipados). Se define como núcleo de convivencia al conjunto de individuos que residan en la misma vivienda, vinculados por matrimonio, unión de hecho o parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, así como por adopción o acogimiento.

Ingresos, residencia...

¿Qué condiciones adicionales se requiere satisfacer?

Quienes perciban el IMV están obligados a mantener su residencia legal y real en España de forma ininterrumpida durante el ejercicio anterior, a excepción de ciertos casos. Igualmente, es preciso que se encuentren en un estado de precariedad económica basándose en los umbrales de ingresos, rentas y patrimonio neto. 

Salvo excepciones 

Aquellos sujetos con más de 23 años que convivan con sus progenitores están obligados a demostrar que han vivido de manera autónoma en un tiempo previo.

Para los perceptores con edades comprendidas entre los 23 y 29 años, se asume que han residido de forma autónoma si justifican que su vivienda ha sido diferente a la de sus padres, tutores o personas de acogida por un lapso de dos años. Igualmente, en ese periodo es necesario que hayan estado inscritos al menos 12 meses en la Seguridad Social, Clases Pasivas del Estado o en una mutualidad que actúe como alternativa al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Para los individuos con más de 30 años, es preciso justificar que, en el transcurso del año previo a la petición, su residencia no coincidía con la de sus padres, tutores o responsables de acogida. 

Depende del caso

¿A cuánto ascenderá el monto total del beneficio?

El monto que se cobrará corresponderá a la diferencia entre la renta garantizada y las demás rentas que posea el interesado. La renta garantizada ha subido un 11,4% este año, alcanzando los 733,6 euros al mes para un solicitante individual. Esta cifra se ve incrementada en un 22% si el titular padece una discapacidad igual o mayor al 65%. 

Durante la sesión más reciente del Consejo de Ministros, el Gobierno autorizó el ajuste al alza de las pensiones, lo cual para el IMV representa una subida del 11,4%. De acuerdo con informaciones del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, este subsidio ha experimentado un aumento del 59% desde que se implementó en el 2020. 

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