Absuelven a los manifestantes antiabortistas que se concentraban frente a una clínica de Vitoria

Sentencia

La Justicia señala que no se “increpó o agredió” a ninguna persona, aunque trabajadores y pacientes de la clínica denunciaron intimidaciones

Juicio a 21 antiabortistas: “Nos llamaban asesinos”, denuncia el gerente de la clínica

Los acusados de coacción por las protestas antiabortistas  durante un juicio en el Juzgado de lo Penal número 1, a 18 de noviembre de 2025, en Vitoria-Gasteiz, Álava, País Vasco (España). Ayer comenzaba el juicio por coacciones contra los participantes en las protestas antiabortistas que tuvieron lugar entre el 28 de septiembre y el 4 de noviembre del 2022 frente a la clínica Askabide en la capital alavesa

Los acusados de coacción por las protestas antiabortistas durante un juicio en el Juzgado de lo Penal número 1. 

Europa Press

Las 21 personas, militantes contrarios al aborto, que durante el otoño de 2022 se concentraban ante la clínica Askabide de Vitoria-Gasteiz han sido absueltas de un presunto delito de coacciones contra los trabajadores y las pacientes de esta clínica, en la que se realizan interrupciones del embarazo. 

El juzgado considera que no puede tildarse el comportamiento de los acusados de “coactivo”, porque “nunca observaron actitudes violentas contra las potenciales víctimas”. “No cabe duda de que los acusados no hicieron otra cosa que ejercer su libre derecho de reunión, escogiendo un lugar próximo a una clínica donde se realizan abortos al entender que expresar sus reivindicaciones en ese lugar y del modo que lo hicieron era la vía más apropiada para que el mensaje que quieren transmitir, rezar por la vida y ofrecer su ayuda, llegara directamente a sus destinatarios principales, todo lo cual fue comunicado a la autoridad competente, conduciéndose en todo momento los acusados de forma exquisitamente pacífica”, recoge la sentencia.

La sentencia

Asimismo, el Juzgado considera que la prueba practicada durante el juicio por estos hechos permite “descartar completamente la existencia de hostigamiento, ni ambiental, ni de ninguna otra naturaleza, por parte de los acusados”.

Así lo recoge en el fallo la magistrada Beatriz Román: “No consta que se haya abordado, increpado o agredido a ninguna persona, ni que se constituyeran cadenas humanas impidiendo el paso a mujeres o trabajadores o cortado suministros de la clínica, ni que los manifestantes hayan realizado gestos o proclamado eslóganes amenazantes”. 

En esta línea, la sentencia señala que “el único comportamiento acreditado susceptible de consideración han sido los rezos y ofrecimientos de ayuda publicados en pancartas, realizados en las concentraciones”. “No se ha constado la verificación de actos ofensivos contra los pretendidos sujetos pasivos del delito”, señala la magistrada. La sentencia, en todo caso, no es firme y cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Álava.

La otra versión

Durante el juicio, la Fiscalía y la acusación particular pidieron cinco meses de prisión para los manifestantes por un delito de coacciones, petición que se podría sustituir por trabajos en beneficio de la comunidad. Asimismo, la Fiscalía y la acusación particular exigieron indemnizaciones que iban desde los 10.000 a los 20.000 euros, así como una orden de alejamiento con respecto a la clínica.

Durante el juicio, trabajadores y pacientes de Askabide señalaron que los concentrados se “dirigieron directamente” hacia ellos de manera intimidatoria, profiriendo o mostrando en sus carteles lemas como ‘40 días por la vida’, ‘no estás sola’ o ‘rezamos por ti’. Asimismo, el gerente señaló que llegaron a dirigirse a él con gritos de ‘asesino’.

“Era algo continuo, todo el día. Te enseñan carteles, te señalan, te miran, rezan en alto y nos han llegado a sacar fotos. Utilizan los rezos para decir barbaridades. Las concentraciones no permitían el correcto desarrollo de la clínica. Las mujeres tienen que entrar tranquilas y su objetivo era amedrentarlas, cuando vienen de situaciones que no son fáciles para ellas”, señaló el gerente de Askabide, Igor Elberdin.

En este sentido, desde la clínica pusieron el acento en la necesidad de guardar una distancia de seguridad entre las concentraciones y la clínica. “En los últimos tres años se han concentrado a 100 metros. No hay ningún problema con eso. Ellos tienen el derecho a concentrarse y a expresarse, y nosotras a trabajar y practicar interrupciones del embarazo en libertad y con tranquilidad”, indicó Naroa Iturri, de Askabide.

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La sentencia, sin embargo, ha dado por bueno que las manifestaciones se realizasen frente a la clínica, señalando que se guardó una distancia de “15 o 30 metros” y que rezaban unas veces en silencio y otras en voz alta, “sin que en este último caso los rezos fueran audibles para los usuarios que se encontraban en el interior de la clínica”.

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